El pleno del Senado de la República aprobó reformas que promueven medidas para erradicar la violencia en los actos deportivos, e implementa sanciones de más de cuatro años de cárcel a quienes la ejerzan.
Con la dispensa de todos los trámites, el dictamen que fue avalado en las comisiones unidas de Juventud y Deporte y Estudios Legislativos en menos de una hora, sin cambios a la minuta recibida de la Cámara de Diputados, fue aprobado este mismo martes con 80 votos en favor y cinco abstenciones.
El proyecto pretende reducir los riesgos de afectación en la práctica de actividades físicas, recreativas o deportivas, prevenir y erradicar el uso de sustancias y métodos no reglamentarios que pudieran derivarse del dopaje, y tipifica el delito denominado “violencia en el deporte”.
Las reformas, que fueron turnadas al Ejecutivo Federal para su publicación, establecen una penalidad de hasta cuatro años con seis meses de prisión a quien incite, genere violencia o cause daños a los bienes muebles o inmuebles del recinto deportivo.
En tribuna, el presidente de la Comisión de Juventud y Deporte, el senador Carlos Alberto Puente Salas, del PVEM, sustentó el dictamen para su votación a favor y expuso que con estas modificaciones la seguridad de las personas que acuden a los estadios estará garantizada.
“El mensaje que queremos dar a los padres y madres de familia es que lleven a sus hijos a los eventos deportivos, que puedan acudir a los estadios, que su seguridad y la de sus hijos va a estar debidamente garantizada”, argumentó.
Agregó “que todos los que asistan a un estadio, o a un evento, espectáculo deportivo-público, pasarán un momento agradable, sin ser agredidos o lesionados, que no correrán peligro”.
A su vez el senador Raúl Gracia Guzmán, del PAN, presidente de la Comisión de Estudios Legislativos, afirmó que esas modificaciones son insuficientes.
“Hoy damos solamente un primer paso por la urgencia del caso, que no es suficiente. Creo que hay que analizar las causas, porque no únicamente con penalizar con más severidad se van a inhibir esas conductas. No estamos acabando con el tema de las barras bravas”, advirtió.
Zoé Robledo Aburto, senador del Partido de la Revolución Democrática (PRD), expuso que “los estadios de futbol no son espacios extraterritoriales a los que quienes concurren pueden subvertir el orden o realizar expresiones discriminatorias, creemos que lo que hoy estamos votando aquí es un paso adicional en el sentido correcto”.
Es “un mensaje a la sociedad de que la violencia, en cualquier espacio, es inaceptable, y que quien la ejerza, la promueva, la aliente directamente o indirectamente merece una sanción ejemplar”, aseveró.
Las reformas también contemplan cárcel de seis meses a dos años y el equivalente de cinco días a 30 días multa contra quien lance objetos contundentes a la cancha.
Además privación de la libertad de seis meses a tres años y de 10 días a 40 días de multa a quien ingrese sin autorización al terreno de juego y agreda a las personas, además de cuatro años de prisión y 60 días de multa a quien participe activamente en riñas.
Se sancionará con año y medio a cuatro años de prisión a quien introduzca al recinto o anexos armas de fuego, explosivos o cualquier arma prohibida.
Esas sanciones se aplicarán independientemente de lo que establece el Código Penal, y cuando exista un delito tipificado fuera de lo dispuesto en la reforma intervendrá el Ministerio Público.
Asimismo el dictamen establece que los tres órdenes de gobierno capaciten a los cuerpos policiales y autoridades encargadas de la seguridad en el uso apropiado de sus atribuciones, en técnicas y tácticas especiales para resolver conflictos y extinguir actos de violencia que se puedan suscitar en los recintos mencionados.
Se precisa que la seguridad en la cancha o área de competencia, en los vestidores y baños para jugadores y en los corredores que los comuniquen será responsabilidad exclusiva de las asociaciones o sociedades deportivas que avalen el evento y de los organizadores.
A petición expresa de los dirigentes, intervendrán las autoridades municipales, estatales o federales, según sea el caso, “salvo que la intervención sea indispensable para salvaguardar la vida o la integridad de los jugadores, de las personas o de los bienes que se encuentren en dichos espacios”.
Se establece que la seguridad en los alrededores de los recintos deportivos corresponde a las autoridades municipales o al Distrito Federal, según corresponda, mientras que a solicitud de los organizadores los tres órdenes de gobierno participarán en la seguridad del interior de los recintos y sus instalaciones anexas.