En 2021, la Secretaría de Gobernación (Segob), indica que hay 94 mil personas en prisión sin sentencia, de un universo de 222 mil personas en centros de reinserción social, es decir, de estas 94 mil personas, alrededor del 40% están sin sentencia, reveló el coordinador de la licenciatura en Derecho Ibero Puebla, Simón Hernández León.
El académico aseguró que la cifra ha aumentado en los últimos años, es decir, a partir de 2019, con el aval de todas las fuerzas políticas se aumentaron los delitos de prisión preventiva oficiosa.
"Pasamos de cerca de 72 mil personas en condición de detención sin sentencia a 94 mil en estos tres años".
De esas cifras, explicó el especialista, todos serían inocentes, porque estas 94 mil personas están en investigación o en juicio, pues tienen la condición de presunción de inocencia hasta que en el juicio se demuestre su responsabilidad.
"Lo preocupante en México es tener ese porcentaje tan elevado, el 40 por ciento que no tienen sentencia, son jurídicamente inocentes y están en una investigación o en un proceso”.
De acuerdo con la encuesta Nacional de Población Privada de la Libertad (ENPOL) que salió el año pasado que realiza el INEGI, a las personas privadas de la libertad demuestra que esas personas son en su mayoría de escasos recursos, con educación secundaria lo máximo.
En ese sentido, Hernández León, explicó que la tercera de las personas en el "limbo" están por temas de robo, por lo que, la prisión preventiva oficiosa está generando el encarcelamiento de personas pobres.
“No está atendiendo la criminalidad compleja, a los delitos de cuello blanco, sino más bien está deteniendo a las personas más vulnerables y esas deben ser consideradas inocentes”.
En otros casos, son personas que estarán en cumplimiento de una sentencia y cumpliendo una condena al concluir que son responsables.
Mientras que, para los que son inocentes la cárcel les marca de manera negativa, aunque no es un tema verificable empíricamente.
"Hay tendencia de los jueces de condenar a las personas que por el tema de estar en la cárcel los hace responsables".
Por otro lado, el académico de la Ibero, explicó que no llegan a ser asuntos que no hay un mecanismo que repare esa detención por meses o por años, “hemos visto la semana pasada el caso de una duración de la prisión preventiva que son 17 años y medio en la Corte Iberoamericana”.
Ese tema, dijo el coordinador de la licenciatura en Derecho de la Ibero Puebla, vino a replantear un debate en México de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) también asumía la rendición de este tema.
Sin embargo, así como estas dos personas permanecieron 17 años y medio en prisión, hay muchas que tiene 12 o 10 años sin una sentencia, “están en un lío porque no son condenados, pero están en detención por la agravante que hasta hoy no hay un mecanismo para revisar estas condiciones”.
“Apenas el año pasado la SCJN emitió un acuerdo que después de 2 años se puede revisar la situación, pero no sobre la propia medida como tal, porque la medida se considera arbitraria porque basta la condición del delito que está en la Constitución”.
Con lo anterior, pasa en automático, a través de un control judicial en que la Fiscalía justifique y señale la temporalidad y si se puede fugar o haya algún riesgo y con estos elementos puede ser que se busque la prisión preventiva justificada.
“Es lo que se busca que sea la prisión justificada la que regule el sistema y no la oficiosa porque es muy arbitrario y le da mucho poder a la Fiscalía de solo acusar a alguien y más sea como un tema político para detener en automático a una persona”, finalizó.