Como parte de las convocatorias de la Unidad del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros (USICAMM), la sección 23 del SNTE, invitó a los trabajadores de la educación federal adscritos al gremio para atender el llamado de las autoridades educativas.

A decir del secretario general, José Luis González Morales, desde el pasado 12 de febrero dio inicio con la generación de citas para el registro, proceso que se mantendrá abierto hasta el 18 de febrero.

El acuerdo contiene las disposiciones, criterios e indicadores para la realización del proceso de admisión en educación básica para el ciclo escolar 2024-2025.

Por eso, el acuerdo tiene por objeto establecer las bases bajo las cuales se desarrollará el proceso de admisión en educación básica para las funciones docentes y técnico docente.

Lo anterior, a efecto de contar con maestras y maestros con los conocimientos y aptitudes necesarios para contribuir al desarrollo integral y máximo logro de aprendizaje de los educandos.

Todo de conformidad con lo establecido por el artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley General del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros, así como las demás disposiciones aplicables.

Por eso, las disposiciones de este acuerdo son de orden público, interés social, de observancia general en toda la república y obligatorias para las autoridades de educación básica, en el ámbito de su competencia y en los términos establecidos en el presente acuerdo.

“Los servicios de educación básica que, en su caso, impartan los ayuntamientos se sujetarán a lo dispuesto en el presente acuerdo y demás disposiciones aplicables, siendo obligación de las autoridades educativas de las entidades federativas coordinarse con ellos, para tal fin”.

Asimismo, en la aplicación del presente acuerdo y los instrumentos normativos que deriven de este, se priorizará el interés superior de las niñas, niños, adolescentes y jóvenes de recibir educación conforme a los principios, fines y criterios establecidos en el artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Además, en la aplicación y vigilancia de su cumplimiento se deberán observar los principios de legalidad, certeza, equidad, imparcialidad, objetividad, transparencia y publicidad, atendiendo a las diferencias regionales y locales, además de las necesidades del entorno del servicio educativo.

Y las autoridades educativas contribuirán a garantizar la prestación del servicio educativo a las niñas, niños, adolescentes y jóvenes, de manera especial a aquellos que se encuentren en zonas de marginación, pobreza y descomposición social.

Asimismo, la interpretación del presente acuerdo y la atención de las circunstancias no previstas corresponden a la USICAMM en términos de las disposiciones aplicables.

Esta facultad será ejercida tomando en cuenta los contextos regionales y locales, así como las necesidades del servicio educativo y las autoridades educativas de las entidades federativas podrán solicitarle la interpretación de las disposiciones contenidas en este acuerdo para la aplicación que corresponda conforme al párrafo anterior.