Fue publicado el tabulador de la Ley de Aranceles para el cobro de honorarios de los Abogados o Licenciados en Derecho del Estado de Puebla, que aplicará en caso de que no exista contrato, pacto o convenio por escrito entre el cliente y su defensor.

En él se establece que, podrán tener mejores ingresos, aquellos profesionistas que cuenten con un grado de estudios superiores a la licenciatura, por lo que cada título supondrá incrementos del 1 al 3 por ciento en sus percepciones.  

Los honorarios se encuentran regulados en la Unidad de Medida y Actualización (UMA) y solamente podrán ser exigidos por profesionistas con título y cédula profesional expedidos por la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública (SEP).

Cabe mencionar que el artículo 9 de la legislación, establece: “No se cobrarán honorarios ni costas procesales por las promociones que fueren desechadas por incorrectas o improcedentes por el Juez competente”.

Para su entrada en vigor, la ley fue publicada en la edición vespertina del Periódico Oficial del Estado (POE) del viernes 1 de julio.

Los aranceles

Por leer análisis y documentos de cualquier clase, de hasta 10 hojas, el abogado podrá cobrar 5 UMA, y en caso de excederse, será el 5 por ciento por cada hoja. La realización de un escrito irá de las 5 a las 20 UMA, de acuerdo con su extensión.

Cada cita, emplazamiento, requerimiento, notificación o diligencia, costará 20 UMA, mientras que el desahogo de pruebas será de 100 unidades.

Respecto a los escritos de demanda o contestación en caso de negocios, se cobrarán tasas de acuerdo con la importancia del asunto.

En los casos de los juicios en los que no haya una cuantía determinada, el valor que pondrá el abogado a sus servicios estará entre los 70 y 200 UMA.

Si el profesional debe salir de su lugar de residencia a petición del cliente, además de sus honorarios, se le deberán pagar de 10 a 30 unidades por día, sin contar los viáticos.

Límites a juicios

En los juicios en materia civil, mercantil, familiar, laboral o los que se equiparen, que hayan sido trabajados desde su inicio hasta su conclusión por pago, convenio, o sentencia, los licenciados cobrarán cuotas de cero a seis mil 135 UMA y tasas de 2 al 20 por ciento, de acuerdo con su importancia en Unidad de Medida de Actualización.

En caso de que el asunto no tenga una cuantía establecida, los honorarios no podrán exceder los dos mil 500 UMA.

Sistema tradicional

Por solicitar y obtener la libertad bajo caución en el Sistema Mixto o Tradicional, el abogado devengará de 70 a 170 UMA, según la gravedad del delito y que la pena privativa de la libertad no exceda de un año. En caso contrario, por cada año de exceso tendrán derecho a cobrar 20 UMA.

Además, por solicitar y obtener la libertad por desvanecimiento de datos, de 70 a 170 UMA, según la gravedad.

Más ingresos

Con la obtención de un grado de estudios superior a la licenciatura, los abogados también tendrán la posibilidad de cobrar mejores tarifas.

De acuerdo con el tabulador, sus ingresos quedarían de la siguiente forma: Por cada diploma de especialidad que esté debidamente registrado, podrán aumentar en un 1 por ciento sus ingresos; en un 2 por ciento por título y cédula profesional de maestría, además de un 3 por ciento por cada doctorado comprobado con documentación.