La Procuraduría General de Justicia (PGJ) dio entrada a una denuncia penal en contra del juez Segundo de lo Civil de Cholula, Jared Albino Soriano, por obstaculizar a la empresa Prodein Comercial para interponer un recurso de reclamo en contra de la actuación de este juez con relación al litigio de Valle Fantástico.
El gobierno del estado omitió nombrar abogado que lo representará para la demanda de juicio de nulidad que promovió en contra de Prodein. La irregularidad se la hicieron ver al juez y éste se negó a recibirles el recurso por medio de engaños, actos y omisiones, donde también se involucró la secretaria de acuerdos adscrita a ese juzgado.
Por medio de su representación legal, en un escrito presentado ante el Ministerio Público, dijeron haberse enterado por los periódicos Reforma y El Sol de Puebla de diversos edictos donde fue citada la empresa Prodein Comercial como parte demandada al juicio de nulidad promovido por el gobierno del estado en contra de Inmobiliaria Hena y otras personas morales, con lo que pretende recuperar el inmueble conocido como Valle Fantástico.
La demanda prosigue: “Cabe señalar que dicho Juicio se identifica con el número de expediente 795/2011, de los del Juzgado Segundo de lo Civil del Distrito Judicial de Cholula, Puebla.
”Como consecuencia de lo anterior, el pasado viernes 11 de noviembre del año en curso, la representación legal de ‘PRODEIN COMERCIAL’ S.A. DE C.V. compareció ante el Juzgado Segundo de lo Civil de Cholula, Puebla, con el objeto de recibir copia certificada de lo actuado en el expediente de referencia. Lo anterior, a fin que dicha persona moral estuviera en aptitud de contestar la demanda instaurada por parte del Gobierno del Estado, así como de oponer los recursos, excepciones y defensas que considere oportunos.
”Una vez que ‘PRODEIN COMERCIAL’ S.A. DE C.V. analizó a detalle la documentación que le fue proporcionada, se percató —entre otras cosas—, que la demanda instaurada por parte del Gobierno del Estado, NO reúne los presupuestos procesales establecidos en la Ley de la materia para su admisión.
”Lo anterior es así, toda vez que del contenido de dicha demanda, se advierte que el Gobierno del Estado OMITIÓ cumplir con el requisito legal, consistente en NOMBRAR ABOGADO PATRONO QUE DEBERÁ FIRMAR DICHA DEMANDA, Y QUE DEBERÁ ADEMÁS CONTAR CON TÍTULO PROFESIONAL DEBIDAMENTE INSCRITO EN EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA, CUYOS DATOS DE INSCRIPCIÓN DEBERÁN ASENTARSE EN DICHO ESCRITO DE DEMANDA.
”Cabe señalar que como consecuencia de dicha omisión, el C. juez Segundo de lo Civil del Distrito Judicial de Cholula, Puebla, debió y no así de DESECHAR DE INMEDIATO la demanda propuesta por el Gobierno del Estado, en vez de admitirla a trámite, como ilegalmente lo hizo”.
”Consecuentemente, el pasado quince de noviembre del año en curso, la moral denominada ‘PRODEIN COMERCIAL S.A. DE C.V.’ intentó interponer el Recurso de Reclamación previsto por la Ley de materia, a fin de inconformarse en contra de la ilegal actuación del Juez Segundo de lo Civil de Cholula Puebla, consistente en la ilegal admisión de la demanda de referencia.
”Sin embargo, debe señalarse que a ‘PRODEIN COMERCIAL S.A. DE C.V.’ le fue imposible interponer el Recurso se Reclamación a que se hace referencia en el párrafo inmediato anterior, en virtud, que tanto el C. Jared Albino Soriano, como la Secretaria de Acuerdos adscrita al Juzgado Segundo de lo Civil del Distrito Judicial de Puebla, incurrieron en diversos engaños, actos y omisiones con tal de impedirlo, a fin de beneficiar indebidamente al Gobierno del Estado.
”Por tal virtud, los hechos antes narrados fueron puestos del conocimiento de la Procuraduría General de Justicia del Estado, a fin que los mismos sean investigados, y en su caso, se sancione a los funcionarios judiciales antes citados.
”Cabe señalar que en los días subsecuentes, el departamento legal de ‘PRODEIN COMERCIAL S.A. DE C.V.’ comparecerá por escrito ante el Tribunal Superior de Justicia del Estado, con el objeto de interponer la Queja Administrativa en contra de los funcionarios antes mencionados, a fin de solicitar su destitución inmediata.”