La modificación del Código Penal de Tabasco que eleva las penas contra la extorsión a través de bloqueos a obras privadas o públicas fue publicada este miércoles en el Periódico Oficial del Estado, por lo cual a partir de mañana jueves entrará en vigor para su aplicación por las autoridades.
En la edición 8024, suplemento D, con la fecha del 31 de julio de 2019, fue publicado el decreto 115 referente a la llamada “Ley Garrote”.
El secretario de Gobierno, Marcos Medina Filigrana, señaló que el gobierno estatal está listo para responder ante cualquier impugnación que pudiera.
Desde el punto de vista del gobierno, aseguró, no se viola ningún derecho y buscan que esta ley promueva los argumentos al respecto.
El artículo más criticado fue el 308 bis, que señalaba textualmente que se castigará con prisión el impedimento del libre tránsito de las personas.
Después de varias modificaciones, el artículo 308 bis fue cambiado y quedó de este modo en el Periódico Oficial de Tabasco:
"Al que impida o trate de impedir por cualquier medio, la ejecución de trabajos u obras públicas, ordenados o autorizados legalmente por la autoridad competente, se le impondrá prisión de seis a trece años y multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización".