Este martes por la tarde, la Cámara de Diputados aprobó en lo general el dictamen de la Miscelánea Fiscal 2021, la cual incluye una serie de modificaciones al Código Fiscal Federal, entre ellas, que se utilice la tecnología por parte del Servicio de Administración Tributaria (SAT) para registrar los bienes de contribuyentes en visitas.

De acuerdo con Animal Político, estos cambios se ven reflejados en el artículo 45 del Código Fiscal de la Federación, con la finalidad de que “las autoridades fiscales, modernicen los procedimientos de visitas a realizar dentro del domicilio fiscal del contribuyente, mediante el uso de herramientas tecnológicas, siempre que, en la emisión de la orden de visita, se funde y motive el empleo de éstas”.

A través de las redes sociales, la Cámara de Diputados informó que el dictamen se aprobó en lo general, con 291 votos a favor, 142 en contra y una abstención.

El documento señala que las tecnologías utilizadas por el SAT deberán resguardarse “bajo los más altos estándares de seguridad y confidencialidad”.

Con este dictamen aprobado, cuando las autoridades fiscales, en este caso el SAT, utilicen herramientas tecnológicas como celulares o cámaras, deberán acreditar que éstas fueron asignadas además de “contar con las medidas de seguridad y encriptación necesarias para que la información que se recabe no sea expuesta de manera indebida; el SAT deberá emitir las reglas de carácter general necesarias para regular estos supuestos”.

Por otro lado, los diputados también aprobaron el bloqueo temporal del acceso al servicio digital para aquellas empresas que operan en el extranjero y que no paguen impuestos.

Al tratarse de servicios de transporte terrestre de pasajeros y entrega de bienes (como Uber, Didi, Rappi) la tasa de retención será de 2.8%, mientras que para la prestación de servicios de hospedaje(como Airbnb) será de 5%, y tratándose de la enajenación de bienes y prestación de servicios (como Amazon o Mercado Libre) sería del 2.4%.

Otro de los puntos modificados fue a la Ley del Impuesto Sobre la Renta sobre donatarias autorizadas, con la que ahora será posible revocar a las donatarias que superen el 50% de sus ingresos anuales por actividades no relacionadas con su objeto social, como la venta de productos y eventos de recaudación, entre otros.

Por su parte, las organizaciones sin fines de lucro señalaron que estos cambios dañan su labor, pues consideran que atentan contra su derecho de financiamiento y de autonomía.