El Senado de la República aprobó sanciones por hasta 20 años de prisión a quienes agredan y causen lesiones a mujeres con sustancias ácidas o agentes químicos.

Con 79 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones, se aprobó el dictamen de las Comisiones Unidas de Justicia y de Estudios Legislativos de las iniciativas con Proyecto de Decreto por el que se reforma el artículo 85; y se adiciona un artículo 296 bis al Código Penal Federal, en materia de sustancias químicas y ácido en contra de las mujeres.

Se acordó incremento de 7 a 13 años de prisión y multa de 300 a 700 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, a quien cause lesiones, usando cualquier tipo de agente o sustancia corrosiva, cáustica, irritante, tóxica o inflamable, álcalis, ácidos y sustancias similares, incluyendo las que necesiten de otro agente para reaccionar, provocando en una mujer un daño o enfermedad incurable; la inutilización completa o la pérdida de una extremidad u órgano; cuando quede perjudicada cualquier función orgánica o se genere alguna discapacidad o deformidad incorregible en la piel.

Además, en las modificaciones se establece que, si el agresor mantuvo una relación sentimental, de parentesco o laboral con la víctima, las penas pueden llegar hasta 20 años de prisión.

El personal de salud deberá notificar al Ministerio Público de todos los casos de lesiones provocadas por agentes químicos que reciban para atención médica; de esa manera, el Ministerio Público tiene la obligación de garantizar la reparación del daño integral, adecuada, eficaz, efectiva y proporcional a la gravedad del daño.