El Instituto Electoral del Estado (IEE) exoneró al gobernador Rafael Moreno Valle y a Antonio Gali Fayad por los anuncios espectaculares que inundaron la ciudad de enero a mayo de este año.
En sesión nocturna del órgano electoral, se resolvió que la denuncia de la coalición 5 de Mayo por la difusión de la imagen de Gali Fayad, quien a la postre sería el candidato de la coalición Puebla Unida, era infundada.
La consejera Olga Lazcano Ponce informó a los consejeros que su proyecto de resolución versaba en la exoneración de Rafael Moreno Valle, José Antonio Gali Fayad y la revista Líder.
Señaló que no se comprobaron las conductas infractoras imputadas a los denunciados, debido a que de los hechos el fondo del asunto, como promover nombre e imagen y posicionar a Antonio Gali ante el electorado vulnerando el principio de equidad, no fue fundamentado jurídicamente.
"Del estudio de las oposiciones y de los denunciados, y alegatos hechos valer, no se advierte que las conductas constituyan infracciones a la normativa", señaló.
Indicó la consejera que se debe sujetar a parámetros objetivos que permitan dilucidar la naturaleza de hechos y no se dejó en claro que estaba dirigido o en apoyo a una candidatura.
"Conforme de lo anterior para que la propaganda constituya un delito, debe contender elementos previstos en la norma, aquellos que tengan como mensaje una emisión constante del receptor", señaló.
"No le asiste la razón a denunciante, en el material probatorio, no se desprende que sea propaganda electoral o difundir la imagen del gobernador ni de Antonio Gali, con algún fin electoral."
Indicó finalmente que la propaganda que inundó Puebla está tutelada por derecho de libertad de expositor e imprenta de la empresa denunciada.
La inconformidad
Al respecto, Silvino Espinoza Herrera, representante de la coalición 5 de Mayo, señaló que acudirán a los tribunales electorales para impugnar la resolución.
Señaló de nueva cuenta que hubo un retraso en la resolución, ya que se emite hasta 50 días después de presentarse la denuncia, "lo que ocasiona es que se retrase la justicia y se dude de la autoridad".
"Se manifiesta que no acreditamos conductas, pero presentamos 153 pruebas en cuanto a espectaculares y parabuses, no sé qué quería la comisión que le acreditáramos", dijo.
"Para mi, estoy inconforme con la solución, que también recurriremos ante autoridad jurisdiccional, señalando a la comisión con estas prácticas dilatorias que ya no sucedan."
La opacidad
En otro tema, los consejeros del IEE también votaron unánimemente para reservar la información sobre servicios personales y parque vehicular del organismo.
Esta situación fue cuestionada por el diputado y representante de Movimiento Ciudadano, Jorge Luis Blancarte, al señalar que a los acuerdos de reserva les falta fundamentación, ya que no se puede reservar información como nóminas y gastos en servicios personales, mucho menos con qué vehículos cuenta el IEE.
"Más allá de cumplir con la norma, quieren crear una cortina opaca de lo que se está ejerciendo en el órgano electoral, la forma en que se lo gastan", dijo el diputado.
En respuesta, Miguel David Jiménez, secretario ejecutivo del órgano electoral, señaló que la información de nominas se encuentra en la página de internet de transparencia y viene por obligación publicada.
Por su parte, la consejera Olga Lazcano reiteró que el gasto en el capítulo 1000 se encuentra publicado en la página del IEE.
Además, aclaró que se reservan los documentos comprobatorios, como recibos, facturaciones y detención de impuestos, pero no la publicación del ejercicio del gasto. "Cuando termine el ejercicio anual se publicarán."
TEPJF dan revés al PSI en Tecamachalco
La Sala Regional Distrito Federal, en su sesión pública del día de hoy, resolvió 11 juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano.
En uno de los asuntos resueltos, la Sala Regional Distrito Federal revocó el acuerdo dictado por el órgano de gobierno de la coalición 5 de Mayo en el estado de Puebla, y ordenó a la Comisión Estatal de Procesos Internos del Partido Revolucionario Institucional que lleve a cabo el método de selección previsto en su convocatoria y la convención de delegados para elegir candidato a presidente municipal de Atlixco, Puebla, de entre los precandidatos Álvaro Morales Méndez y Josué Gilberto Chávez Castañeda.
Lo anterior porque la Sala Regional Distrito Federal consideró que el órgano de gobierno de la citada coalición no se encuentra facultado para resolver sobre la designación del candidato al referido cargo de elección popular del Partido Revolucionario Institucional, pues en términos del convenio que celebró, no tenía facultades para ello.
En otro de los asuntos, la Sala Regional Distrito Federal revocó la resolución que emitió el Tribunal Electoral de Puebla, y ante lo avanzado del proceso electoral en esa entidad federativa, con plenitud de jurisdicción resolvió la pretensión del actor y confirmó la designación de Hugo Ramírez Martínez como candidato a presidente municipal de Zaragoza, Puebla, por el Partido del Trabajo.
Además, el tribunal le dio la razón a la candidata Marisol Cruz García, quien presentó un juicio de defensa de sus derechos político-electorales debido a que el PSI le negó su registro como candidata.
El tribunal declaró fundados los agravios en contra de la candidata del PSI ordenándole al partido local que reponga en un plazo de 48 horas su proceso de selección interna de candidatos para el ayuntamiento de Tecamachalco. El expediente resuelto a favor de la impugnante es el SDF-JDC-192/2013
El PSI incurrió en anomalías en el proceso interno de la candidatura a alcalde de Tecamachalco, por lo que el tribunal le ordenó al PSI que nuevamente registre a los candidatos de la planilla al ayuntamiento de Tecamachalco, en dado caso de incumplir con la instrucción del tribunal el partido será sancionado. (Con información de Mario Martell)