El Comité del Pueblo Unido (CPU) plantea que se incluyan candidaturas independientes plurinominales. La representación de los ciudadanos es un derecho que le pertenece a los ciudadanos y no a los partidos políticos. La semana pasada los legisladores aprobaron la figura de candidaturas independientes en la constitución local. La reforma aprobada por los diputados se realizó “armonizando” la Constitución local con la Constitución federal.
Sin embargo, aún falta que los diputados aterricen la reforma constitucional realizando las modificaciones pertinentes a la Ley Electoral del estado de Puebla.
Como parte de la discusión de la ley reglamentaria en la materia, el 25 de julio la bancada del Partido Nueva Alianza (Panal) solicitó una serie de “candados” para otorgar a los ciudadanos las candidaturas independientes.
Entre los “candados” planteados por el Panal, en la discusión por venir, plantea la prohibición de que a los candidatos que sean postulados de manera independiente no les corresponda ninguna representación proporcional.
En su propuesta de ley reglamentaria, el Panal plantea el siguiente “candado” a las candidaturas independientes: “Los ciudadanos podrán participar en las elecciones populares de manera independiente, en término de la disposiciones de este código. Los candidatos independientes no podrán participar para ocupar el cargo de elección popular por el principio de representación proporcional”.
La propuesta
El Comité del Pueblo Unido propone que cuando un candidato independiente obtenga el 2 por ciento o más de la votación se elegiría de este grupo de legisladores con ese puntaje al gran perdedor.
En relación a este punto, el Comité del Pueblo Unido plantea que los candidatos independientes podrían participar en la elección por el principio de representación proporcional, cuando de las 26 fórmulas independientes (integradas por propietario y suplente) que participaron en la jornada electoral llegarán al 2 por ciento o más en los 26 distritos.
Sólo así podría participar este universo de formulas independientes en la elección por el principio de primera asignación, conocido como “el gran perdedor”, enunciado en el artículo 16 del Código de Instituciones y Procesos Electorales del Estado de Puebla. La fórmula que quedaría sería la que obtuviera un mayor porcentaje en su distrito.
La propuesta del comité del Pueblo Unido sería la siguiente: “Artículo 16.- A. La primera asignación que corresponda a cada partido político con derecho a participar en la elección por este principio recaerá en la fórmula de candidatos del propio partido político que, por sí misma, haya obtenido el mayor porcentaje de votos en la elección de diputados por el principio de mayoría relativa, siempre que no hubiere alcanzado la constancia respectiva conforme a dicho principio”.
“Si se cumplieran estas condiciones, los ciudadanos independientes tendrían el derecho de contar con un diputado de representación proporcional, que sería conocido como diputado ciudadano, porque representaría mejor los intereses de la sociedad y no los de los partidos”, señala José Benigno Pérez Vega, exdiputado local por el PT e integrante del Comité del Pueblo Unido (CPU).
Además, la figura también se extendería en la propuesta del comité a los regidores.
Para el caso de la conformación de ayuntamientos, la planilla de candidaturas independientes que obtuviera un mayor porcentaje, como lo marca el artículo 323 del Código Electoral, podrá participar en la asignación de regidores por el principio de representación proporcional. Además de contar con lo establecido por el artículo 322 y 323 del mismo. “Bajo esta propuesta, se ve harto difícil que llegaran a tener un diputado ciudadano, a no ser que realizaran un buen trabajo de campañas y buenas propuestas para alcanzar el 2 por ciento en conjunto”, plantea el comité.
El argumento
“El Comité del Pueblo Unid —explicó su asesor jurídico, Lombardo Carlos Ramírez— considera que la fórmula de presentación proporcional no es un reconocimiento a los partidos políticos o una concesión a los mismos, sino que se trata del reconocimiento a la representación de las minorías.”
Lombardo Carlos señaló que la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procedimientos Electorales (LOPPE) fue el principio que abrió a las fuerzas políticas la representatividad de los escaños plurinominales.
Lombardo Carlos señaló que la representación proporcional es un concepto jurídico y democrático que le da a las minorías el derecho a la representación en el Congreso.
El abogado especialista en derecho electoral recordó que en las elecciones del siglo pasado, cuando el PRI era el partido de estado, los partidos políticos de oposición quedaban subrepresentados debido a que se ocupaba un sistema de mayoría. Un primer paso para disminuir la sobrerepresentación del partido ganador fue el reconocimiento de los diputados de partido, en 1962, durante el sexenio del presidente Adolfo López Mateos.
En la historia reciente de México, fue hasta el 30 de diciembre de 1977 cuando, impulsada por el secretario de gobernación Reyes Heroles, se promulgó la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales (LOPPE).
El propósito de esta reforma era darle una salida de la clandestinidad a diversas organizaciones políticas de oposición, que de otra forma no participarían.
Dado el predominio del PRI, se abrieron algunas opciones de participación para los partidos de oposición, como el concepto de representación proporcional. Para la época, el Congreso federal estaba formado de 400 diputados, por lo que se estipuló que 100 legisladores de la Cámara llegarían por el principio de representación proporcional al Poder Legislativo, al definir que por esa vía serían electos 100 diputados. Por cada una de las cinco circunscripciones, se elegirían 20 diputados de representación proporcional o diputados “pluris”.
En la década de los 70, partidos como el PAN, el PPS o el Partido Comunista lograban un nivel de votos pero que no se reflejaba en la composición de los Congresos, hasta que se aprobó la LOPPE.
Dejan para después los temas polémicos
El pasado jueves, en la última sesión del período ordinario de sesiones, los diputados aprobaron que la Constitución de Puebla incluya la figura de candidaturas ciudadanas o independientes. Aunque aún falta el aterrizaje de la minireforma electoral aprobada en el Código Electoral, se espera que en el debate de los detalles habrá fricciones entre las fuerzas políticas y los grupos ciudadanos que pugnan por apertura en esta figura.
La reforma electoral reflejará el afán de abrir o cerrar las candidaturas a los ciudadanos, en un intento de proteger los intereses de los partidos políticos. Sin embargo, a pesar de la aprobación de la reforma constitucional, los diputados locales dejaron para una mejor ocasión, sin fijar fechas ni ritmos de la misma, el aterrizaje de la reforma electoral en el tema de candidaturas independientes. Es decir, para que se haga realidad que los ciudadanos participen en las elecciones presentado sus propias candidaturas, hay una serie de desafíos a vencer que deberán legislar los diputados: el “candado” sobre el porcentaje del padrón electoral con el que podrán registrarse los candidatos independientes.
En su alocución, la diputada panista Josefina Buxadé Castelan advirtió los riesgos del aterrizaje de la reforma al Código Electoral, misma reforma que se pospuso: “En la reforma se regularán en los aspectos concretos, son temas muy controversiales, el porcentaje de firmas que deberán representar a los ciudadanos, el acceso a los medios y la fiscalización”.
Con mayor fuerza, el diputado del PRD Erick Cotoñete manifestó su diferendo con el único voto en contra de la minireforma electoral en candidaturas independientes, advirtiendo que la reforma constitucional y la reforma al código debieron presentarse al mismo tiempo para conocer los candados y lineamientos de las candidaturas independientes.
Aún no hay fecha para discutir este polémico tema, por lo que la discusión de la misma podría aprobarse hasta la siguiente Legislatura, cuando la coalición electoral gobiernista Puebla Unida cuente con mayoría para aprobar la reforma a la Ley Electoral y demostrar su voluntad política en este tema.