Obras de agua y alcantarillado afectan diversas vialidades y el funcionamiento en algunas zonas de la ciudad. Comercios y vehículos se ven afectados por las obras de reparación de drenaje y alcantarillado que se realizan en la ciudad.
El SOAPAP pasa por un proceso de privatización que ha sido criticado por distintos sectores sociales que han realizado marchas y protestas en contra de la privatización del servicio de agua en la ciudad de Puebla, aprobada por el Congreso local el pasado 12 de septiembre.
La Asamblea Social del Agua, a través del abogado Gilberto Montalvo Martínez, ha calificado la concesión del servicio del agua como un regalo a 30 años para empresarios particulares.
“Si ha de nombrarse jurídicamente su entrega, es peor que esto. Estamos ante una donación de usufructo, es decir, un regalo a una sola empresa, por 30 años, tal vez y para colmo de males, extranjera”, describió en estos términos la concesión del agua desde el grupo de Facebook de la Asamblea Social.
El abogado Montalvo Martínez, quien realizó un conjunto de amparos que echaron atrás el que las empresas fijaran las tarifas del agua, señaló que la privatización del servicio de agua en el estado de Puebla se trata de una “donación de usufructo” o un “comodato” a una empresa particular.
Montalvo Martínez expuso que la concesión que aprobó el Congreso le quita al Estado la capacidad de otorgar un derecho esencial: “El caso de la concesión del SOAPAP es inusualmente diferente. En realidad nos encontramos ante una concesión que materialmente no lo es, pero tampoco es una compraventa. Si ha de nombrarse jurídicamente su entrega, es peor que esto, estamos ante una donación de usufructo, es decir un regalo a una sola empresa por treinta años, tal vez y para colmo de males, extranjera. En otras concesiones el estado recibe una utilidad, un aprovechamiento del bien concesionado.
”Así con la concesión de las carreteras, minas, incluso del servicio de limpia o del transporte, se reciben grandes cantidades para el erario público, mismas que sirven a su vez para cubrir los gastos necesarios para el funcionamiento del aparato gubernamental y de las demás necesidades sociales. Ahora, el servicio de agua potable es una necesidad social del orden más esencial.
”Se ha establecido en el artículo cuarto constitucional el derecho humano al agua como un derecho humano de corte social, por su parte el artículo veintisiete considera al agua, en términos generales, como propiedad inalienable e imprescriptible de la Nación. De tal manera que no queda duda de que el servicio de agua potable es una necesidad social de importancia trascendental a cumplir por parte del estado”, señala Montalvo desde el grupo de Facebook de la Asamblea Social del Agua.
El abogado de la Asamblea Social del Agua cuestionó el sentido de concesionar un servicio público que no dejará ninguna ganancia por ser el agua un derecho humano fundamental: “¿Pero si es una necesidad social, cómo puede concesionarse? ¿Qué utilidad percibiría el estado? Es decir, si se concesiona el servicio de agua potable, el concesionario tendría que pagar derechos al estado por su aprovechamiento, pero este numerario tendría que invertirse nuevamente en la satisfacción de necesidades sociales como lo es precisamente la satisfacción del derecho humano al agua potable, por lo que se crea un círculo vicioso.
”Es como si alguien tuviese una propiedad y la rentase, pero la renta que percibiere por este acto tuviera forzosamente que reinvertirla en sanear y ampliar la propiedad rentada. En realidad el contrato de arrendamiento materialmente no es tal, sino un comodato, una donación del usufructo, pues el arrendador no recibe ganancia alguna”.
Montalvo planteó que la empresa que obtenga la concesión ni siquiera pagará alguna contraprestación por la concesión: “De tal modo que un organismo como el SOAPAP dedicado a satisfacer necesidades sociales no es susceptible de producir ganancias. Pues está hecho para satisfacer necesidades, más no para acumular capital.
”Es por esto que la empresa licitante que resulte ganadora no pagará alguna contraprestación por la concesión, y si la paga, tal dinero se reinvertirá en su misma empresa, es decir en el propio SOAPAP y para su beneficio. La inversión de mil quinientos millones de pesos que se supone hará el particular que resulte beneficiado, no difiere de la común inversión que cualquier empresario haría inicialmente para constituir una empresa”.
Además, en fechas recientes la Comisión Estatal de Derechos humanos de Puebla (CEDHP) detalló que se han recibido distintas quejas contra oficinas públicas. Entre otras, 33 contra el SOAPAP, 29 contra la Secretaría de Seguridad Pública y 29 contra el Cereso de Cholula, y una cifra igual en contra de la Secretaria de Educación Pública.