Hace unos días el diario La Razón publicó un expediente del caso Chalchihuapan supuestamente obtenido por medio de la Ley de Transparencia; sin embargo, de ser así se violó la legislación en la materia, ya que debe estar restringida al estar bajo un proceso o investigación judicial.

En caso de que autoridades estatales hayan entregado está información por medio de la transparencia, incurrieron en un delito que podría ser sancionable incluso con la inhabilitación. No así las autoridades federales, ya que en este caso no podrán reservar información que sea de una investigación de violaciones graves de derechos humanos, como es el de Chalchuhuapan.

Sin embargo, la nota del diario no contiene el número de solicitud de acceso a la información. Tampoco señala el sujeto obligado al que se le pidió la información. Muchos menos señala quién solicitó la información, cuál fue la solicitud específica.

Pero en el caso la Ley de Transparencia del Estado de Puebla, en su artículo 33, enumera la información que debe considerarse como reservada. En el párrafo III, señala textualmente que deben de considerarse reservada la información de: “Los expedientes, archivos y documentos que se obtengan producto de las actividades relativas a la prevención y persecución de delitos que llevan a cabo autoridades en materia de seguridad pública y procuración de justicia en el estado, así como las averiguaciones previas”.

En su párrafo IV señala: “Los expedientes judiciales o de los procedimientos administrativos seguidos en forma de juicio, hasta que exista resolución definitiva y ejecutoriada”.

Por su parte, la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Federal, señala casi íntegramente lo mismo.

En el capítulo III, de Información Reservada y Confidencial, en el Artículo 14 párrafo III, indica que serán reservadas las averiguaciones previas, y en el IV, los expedientes judiciales o de los procedimientos administrativos seguidos en forma de juicio en tanto no hayan causado estado.

En el párrafo IV señala: “La que contenga opiniones, recomendaciones o puntos de vista que formen parte del proceso deliberativo de los servidores públicos, hasta en tanto sea adoptada la decisión definitiva, la cual deberá estar documentada”. Aunque aclara que no podrá invocarse de carácter reservado cuando se trate de la investigación de violaciones graves de derechos fundamentales o delitos de lesa humanidad.

Por lo tanto, el expediente de las investigaciones de la manifestación en Chalchihuapan del 9 de julio aún está abierto, por lo que debió restringirse la información a cualquier solicitante.

La nota publicada en el diario capitalino La Razón el pasado viernes retoma la versión oficialista que exonera a la policía estatal de la represión.

“Cohetón de infiltrados mató a menor de Puebla”, se titula nota del periódico La Razón, la cual incluye una infografía detallada y un video de 29 segundos en su portal web.

La nota revive la explicación del gobierno de Rafael Moreno Valle incriminando a los manifestantes de las heridas que sufrieron los pobladores de San Bernardino Chalchihuapan el pasado 9 de julio.

En la nota del periódico La Razón se señala que los dictámenes fueron obtenidos por la Ley de Transparencia. Sin embargo, la nota del diario no contiene el número de solicitud de acceso a la información. Tampoco señala el sujeto obligado al que se le pidió la información. Muchos menos señala quién solicitó la información, cuál fue la solicitud específica.

La ausencia del número de solicitud y del sujeto obligado son elementos fundamentales de cualquier solicitud de acceso a la información. La nota tampoco aclara si la información se le solicitó al gobierno del estado de Puebla o a alguna entidad del gobierno de la república.

“Los dictámenes obtenidos por La Razón a través de la Ley de Acceso a la Información Pública indican que el menor no recibió ningún impacto de bala de goma, ni lata de gas lacrimógeno, ni de un proyectil de arma de fuego”, señala el diario sin presentar el oficio de respuesta del sujeto obligado.

La nota repite la información que el procurador de Justicia, Víctor Carrancá Bourget, dio a conocer en una rueda de prensa sosteniendo la tesis de que un “cohetón” hirió al niño Luis Alberto Tehuatlie Tamayo, de 13 años de edad. Heridas que le provocarían la muerte. En el portal del periódico La Razón también aparece un video de 29 segundos, donde bomberos demuestran la potencia del lanzamiento de un cohetón.

Actualmente, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos investiga las violaciones graves a los derechos humanos durante el operativo realizado por policías estatales el pasado 9 de julio, en la junta auxiliar de San Bernardino Chalchihuapan, sobre la autopista Puebla-Atlixco. Se espera que en septiembre la comisión emita su recomendación sobre las violaciones graves a los derechos humanos.