A través de un comunicado el Instituto Nacional Electoral (INE) en Puebla, informó que el pasado 17 de mayo, Ana Teresa Aranda Orozco, le solicitó que “se le brindara seguridad y custodia de elementos policiacos federales y/o militares, bajo el argumento de violencia de género política. En el mismo documento, la candidata independiente solicitó se diera vista a la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (FEPADE) así como al presidente de la sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

El INE en su información destaca que la petición de seguridad solicitada por Aranda Orozco fue rápida por realizarla del pasado martes 17 al viernes 20 de mayo en donde la XXV Zona Militar y la policía Federal esperan la respuesta de las instancias nacionales para definir la solicitud de la candidata independiente.

Aquí el comunicado íntegro: 

El Instituto Nacional Electoral (INE) en Puebla, informa que el pasado 17 de mayo, la C. Ana Teresa Aranda Orozco, en su calidad de Candidata Independiente a la gubernatura del estado de Puebla, solicitó, a través del  INE, que se le brindara seguridad y custodia de elementos policiacos federales y/o militares, bajo el argumento de “violencia de género política”.  En el mismo documento, la candidata independiente solicitó se diera vista a la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (FEPADE) así como al presidente de la sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

 

De lo anterior se desprende la actuación en acatamiento a las atribuciones del INE, que se describe a continuación: 

•El 17 de  mayo se remitió la solicitud de la C. Ana Teresa Arando Orozco, al General de Brigada, Marco Antonio Guerrero Corona, Comandante de la XXV Zona Militar, así como al Comisario David Israel Aguirre Navarro, Coordinador Estatal de Policía Federal de Puebla. 

•El 18 de mayo se remitió la solicitud de la C. Ana Teresa Arando Orozco, al Fiscal Especializado para la Atención de Delitos Electorales, Santiago Nieto Castillo y al Magistrado Presidente de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, Mtro. Constancio Carrasco Daza.

•La XXV ZONA Militar, informó que la solicitud deberá canalizarse a través de las autoridades centrales de la Secretaría de la Defensa Nacional, situación que se informó a la Candidata Independiente.

•El 20 de mayo, la Agente del Ministerio Público de la Federación encargada de la Oficina de Derechos Humanos y Atención a Víctimas de la FEPADE, solicitó a esta autoridad electoral, que la candidata se presentara en las instalaciones de la Junta Local del INE en Puebla o el lugar que la interesada señalara,  a fin de prestar el apoyo correspondiente al “Protocolo para Atender la Violencia Política contra las Mujeres”, por parte de la FEPADE. Lo anterior para realizar una evaluación de riesgo posible de víctima, a efecto de estar en aptitud legal de solicitar las medidas de protección correspondientes, por parte de la FEPADE.

•El 20 de mayo, se informó a la Candidata Independiente de la gestión realizada ante FEPADE, solicitando indicara hora y lugar  para la presentación del apoyo correspondiente al protocolo antes mencionado.

•El 23 de mayo, se recibió respuesta de la Policía Federal de Puebla, en la que se solicita canalizar la petición al Comisionado General de la Policía Federal, comunicado del cual se envió copia a la Candidata Independiente.

Con lo anterior, el INE en Puebla ha realizado las gestiones correspondientes del asunto que se aborda, en el ámbito de sus atribuciones, por lo que esta autoridad electoral niega haber ofrecido protección de cualquier cuerpo de seguridad  municipal, estatal o federal, a alguna candidata o candidato a la gubernatura del Estado de Puebla durante el Proceso Electoral Local Ordinario 2015-2016, ya que carece de facultades para ello y reitera su compromiso en los trabajos institucionales para la organización de la elección del próximo 5 de junio, jornada electoral en la que la máxima autoridad  en las casillas electorales serán los ciudadanos en su calidad de funcionarios de mesas directivas de casilla.