El Congreso del Estado aprobará una reforma para castigar hasta con quince años de prisión a la persona que sabiendo que padece una enfermedad, contagie de manera premeditada a otros, asimismo se incrementará la multa, esto ante los casos de contagio del COVID-19 que se han incrementado durante la pandemia.
La diputada Nora Merino Escamilla, anunció que junto con el diputado Gabriel Biestro Medinilla, ya presentaron el documento al Congreso del Estado para la reforma al artículo 213 del Código Penal del Estado de Puebla, y que tiene por objetivo inhibir a personas enfermas que contagien a otros.
En entrevista señaló que tienen datos que personas que han sido diagnosticadas con enfermedades de Transmisión Sexual (ETS) "actúan con dolo" y salen a convivir con personas solo para contagiarlas como "una venganza".
Expresó que en el caso de COVID-19 las personas que han sido diagnosticadas con esta enfermedad y no permanecen en aislamiento encuadran en este delito porque teniendo conocimiento de este padecimiento y lo contagioso que resulta acude a sitios públicos.
"Quien sepa que está enfermo de alguna enfermedad y sea confirmado hablando del COVID-19 y aun así salga a la calle para contagiar a una persona. En algunos estados hay como retos o venganzas donde los enfermos salen a la calle a contagiar".
Merino Escamilla señaló que inicialmente la pena de cárcel será hasta 10 años, sin embargo, se incrementará hasta los 15 años si se comprueba que hubo "dolo" y la multa económica llegará a los 36 mil 966 pesos.
En la argumentación que presentan los legisladores señalan que ante el virus que nos acecha, es necesario reforzar la sanción que se aplique a éstas personas que dolosamente busquen transmitir, o poner en riesgo a otras personas.
Los modos de transmisión son directo, e indirecto, en el primer es cuando una persona puede transmitir el virus mediante secreciones procedentes de la nariz o boca, es decir el sistema respiratorio, con la mucosa oral, nasal, conjuntiva.
También la propagación por gotículas , que se refiere a la diseminación (aerosoles, o gotículas) que se encuentran esparcidas en el aire, emanadas por una persona con COVID-19, al momento de toser o exhalar.
Mientras la transmisión indirecta es cuando la transferencia de un agente infeccioso, es mediante fómites, es decir cualquier objeto o material inerte y sin vida, capaz de transportar organismos patógenos (Bacterias, hongos, virus y parásitos)
Se protege al personal médico
La legisladora aclaró que en el caso de médicos, enfermeras, camilleros, personal de limpieza, y todos aquellos que por estar en contacto con un paciente infectado por alguna enfermedad contagiosa, no aplica la medida.
Amplían la contingencia
Por otra parte el Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) y la Auditoría Superior del Estado (ASE) extendieron la suspensión actividades en apego a la ampliación de la Jornada Nacional de Sana Distancia para minimizar el riesgo de contagio por COVID-19 entre sus trabajadores.
La autoridad electoral anunció a través de un comunicado informó que la determinación y se apegó a la instrucción para no realizar actividades desde el 20 de abril hasta el siguiente 30 de 30 de mayo de 2020.
El acuerdo general 03/2020 estableció esta prórroga de la suspensión de actividades jurisdiccionales y administrativas, así como jurídico administrativas relacionadas con el derecho de Acceso a la Información.
"Las labores deberán reanudarse el lunes 01 de junio de 2020, en el horario normal de 09:00 a 15:30 horas; salvo pronunciamiento que emita el Pleno previo análisis de las condiciones que comuniquen las autoridades sanitarias correspondientes en relación a la evolución del virus Covid-19, en ese momento".
Mientras que la ASE informó que la prórroga de la suspensión de actividades será hasta el próximo 30 de abril en apego a las indicaciones emitidas por las autoridades federales derivado de emergencia sanitaria por coronavirus.