Diputados, en comisiones del Congreso del Estado, aprobaron reformas para tipificar como actos de discriminación la estigmatización de una mujer que amamante a su bebé en espacios públicos así como la negación de servicios al personal de la salud durante una emergencia sanitaria, por ende, habrá sanciones.

Durante la sesión de la Comisión de Derechos Humanos, la diputada por Morena, María del Carmen Saavedra Fernández, señaló que desafortunadamente las mujeres no pueden ejercer libremente el derecho de alimentar a sus hijos recién nacidos, sin ser víctimas de algún señalamiento inapropiado por parte de personas cuyo morbo es mayor al interés de la salud del menor.

Dijo que es una situación que debe ser vista como natural por lo que incurren en actos discriminatorios quienes exigen que se cubran los senos o se retiren de lugares para no incomodar al resto de las personas.

“Es común escuchar a las personas que transitan por lugares públicos decir comentarios 'como qué falta de respeto', 'cómo se les ocurre hacer eso aquí', 'debería darles vergüenza', los cuales a todas luces están fuera de lugar pues el darle de comer sus hijos no es motivo para avergonzarse”.

Advirtió que lo mismo sucede con médicos y enfermeras que son desalojados de sitios públicos o les impiden acceder a un servicio como el transporte, porque son acusados como responsables de propagar alguna enfermedad.

María del Carmen Saavedra, precisó que la ley es muy clara y quienes incurren en actos de discriminación o agresiones se hacen acreedores a sanciones que van de uno a seis años de prisión así como multas económicas en Puebla.

A su vez, la legisladora, Estefanía Rodríguez Sandoval, sostuvo que durante muchos años, la lactancia materna ha sido tachado como un tema de exhibicionismo y las mujeres han estado limitadas para promover una de las medidas más importantes para procurar la salud, pues la alimentación materna es indispensable en los primeros seis meses de vida de una persona, por lo que respaldó esta propuesta.

La diputada, Rocío García Olmedo, celebró este dictamen derivado de que hay dos temas que era necesario incorporar en la ley y uno de ellos es un paso adelante que tiene que ver con señalar como discriminación la acción de prohibir que una mujer amamante a sus hijos en la vía pública.

Al tipificarse como discriminación, las personas o empresas que realicen éste tipo de actos serán sujetos a las sanciones que establece la ley.

Aprueban más reformas legales

En la sesión de la comisión fue aprobado el dictamen con minuta de decreto por la que se reforma artículo 2 de la Ley para Prevenir y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos en el Estado de Puebla, con la intención de establecer que las autoridades estatales y municipales, además cumplir con los objetivos para la asistencia de las víctimas, así como considerar la aplicación del marco convencional, la protección de derechos humanos y demás normas específicas en la materia.

La diputada Rocío García Olmedo, quien propuso la iniciativa, mencionó que ésta incorpora, además, de cómo consideran las autoridades la adopción de normas, la aplicación de disponer de todos los instrumentos normativos de manera supletoria y convencional en materia de derechos humanos para examinar situaciones y tener procedimientos de solución más eficaces en el tema de trata de personas.