El coordinador de los diputados locales del PAN, Eduardo Alcántara Montiel, pidió que haya mano firme para frenar a los conductores del transporte público que no cumplen con el reglamento, y que han causado la muerte de personas, como ocurrió en el accidente de la Ruta Azteca la semana pasada, donde se aprecia en los videos de las cámaras de seguridad, el exceso de velocidad con la que se conducía la unidad.

Preció que los concesionarios del transporte público son obligados solidarios en daños y perjuicios provocados por los conductores.

En ese sentido, reitero el llamado a la titular de la Secretaría de Movilidad y Transporte (SMT), Elsa Bracamonte, para que se ponga orden, y no den pretextos los concesionarios como la falta de dinero para modernizar las unidades, al señalar ya que tuvieron tres años para hacerlo a raíz del incremento del pasaje al 40% que se autorizó.

Reiteró que falta que la SMT de un manotazo, y vaya muy lenta en la aplicación de la ley y los procedimientos.

Insistió en que los concesionarios deben pagar daños y perjuicios a terceros y puso de ejemplo situaciones como la del accidente de la Ruta 45 A el 22 de junio, donde los afectados no han recibido el pago de los daños que sufrieron .

"El gran problema es que, si bien hubo un esfuerzo para sacar adelante, lo que yo veo es que la actual secretaría va muy lenta en la aplicación. Apenas publicó el reglamento de la ley que es lo que debería de tener esta claridad. Y bueno, apenas va a realizar procedimientos", dijo Alcántara Montiel.

La Ley del Transporte recién aprobada, estipula en el artículo 115 especifica el tema: Responsables solidarios. Los concesionarios y los permisionarios serán responsables solidarios respecto de los daños y perjuicios que causen sus conductores con motivo de la prestación del Servicio Público de Transporte y del Servicio Mercantil.

Los concesionarios y los permisionarios serán responsables solidarios de sus conductores respecto de las infracciones en que incurran durante la prestación del Servicio Público de Transporte y del Servicio Mercantil.

Recordó que en el primer accidente lamentablemente un menor de edad resultó gravemente herido, es insuficiente el retiro de la concesión.

"Yo creo que no es suficiente que le hayan quitado las  concesiones a las rutas Azteca o 45, falta la reparación del daño. Creo que nadie puede evadir la responsabilidad".

Sanciones a conductores

En noviembre de 2020, la LX Legislatura aprobó por unanimidad reformas al tercer párrafo el artículo 85 bis y el 86 del Código Penal del Estado, con la intención de sancionar con la suspensión o cancelación definitiva de la licencia para conducir vehículos expedida por cualquier instancia cuando la persona cometa homicidio en estado de ebriedad y que se aumente la sanción en el caso de que el delito sea causado por el transporte público.

Las reformas en artículo 85 bis contemplan que se sancionará con la suspensión o cancelación definitiva de la licencia para conducir vehículos expedida por cualquier instancia.

En el caso de homicidio culposo, en que se actualice lo enunciado en la fracción I del presente artículo, procederá siempre la cancelación definitiva de la licencia para conducir vehículos expedida por cualquier instancia. En los demás casos la duración de la suspensión podrá ser de uno a 10 años.

Mientras que el artículo 86 señala que cuando se cause homicidio por actos u omisiones culposos de quien realiza un servicio público de transporte, la sanción será de 6 a 15 años de prisión e inhabilitación de 6 a 10 años para transportar pasajeros.