Con ajustes propuestos por las bancadas del Partido Revolucionario Institucional (PRI) y Partido Acción Nacional (PAN), las comisiones unidas de Gobernación y Procuración de Justicia del Congreso del Estado, aprobaron por mayoría la reforma al Poder Judicial enviada por el gobernador Luis Miguel Barbosa, misma que será votada por el pleno el próximo jueves.

Después de más de tres horas de discusión, donde hubo una mesa de trabajo, los legisladores lograron el acuerdo para que salga el documento que mantiene el mismo espíritu, y sólo se presentó la abstención de la diputada Mónica Rodríguez Della Vecchia.

Entre los ajustes propuestos, se encuentra que, al no alcanzar la mayoría calificada para el nombramiento de magistrados, el gobernador enviará una nueva terna y, si no se alcanza nuevamente la mayoría establecida, se le da la facultad de nombrarlo.

Mientras, el documento mantiene los puntos con los que se sancionará a jueces y magistrados que tengan reuniones extramuros con las partes para llegar a acuerdos; asimismo, se reduce a cuatro años la presidencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJ).

Se destaca que habrá una limpia para terminar con actos de corrupción, destaca que se creará un mecanismo específico de responsabilidad, distinto al juicio político, que podría dar lugar, en su caso, a la destitución de los Magistrados y Consejeros de la Judicatura por denegación de justicia, incumplimiento doloso a los supuestos de impedimento judicial o por haber incurrido en violaciones a las reglas de conflicto de interés.

Dicho mecanismo será conocido por y se substanciará ante al Congreso del Estado, y podrá ser promovido por cualquier persona, en aras de garantizar la efectiva rendición de cuentas.

Adicionalmente, se proponen otros mecanismos de rendición para los servidores públicos del Poder Judicial del Estado: declaraciones públicas de parentesco, de situación patrimonial y de intereses, así como procedimientos específicos, responsabilidad por falta grave en caso de que los servidores públicos del Poder Judicial del Estado realicen o gestionen indebidamente nombramientos, promociones o gratificaciones cuando exista un interés personal, familiar, económico o de negocios en el caso.

Contra el nepotismo

Asimismo, cuando sus actos u omisiones deriven en alguna ventaja o beneficio para él, su cónyuge, parientes consanguíneos o por afinidad hasta el cuarto grado, para terceros con los que tenga relaciones profesionales, laborales o de negocios, socios o sociedades de las que el servidor público o las personas antes referidas formen o hayan formado parte.

También se incorporan dos recursos de legalidad ordinaria a cargo de la Sala Constitucional: revocación y revisión. El primero procede en contra de los acuerdos generales que emita el Consejo de la Judicatura, mientras que el segundo tendrá por objeto los actos de adscripción y remoción de Jueces, así como la remoción de Magistrados en los supuestos que prevea la ley.

Cero reuniones "en lo oscurito"

Se introduce la prohibición para Magistrados, Consejeros de la Judicatura, Jueces y funcionarios judiciales de reunirse con las partes o sus representantes o apoderados fuera de los recintos o diligencias judiciales oficiales para tratar los asuntos jurisdiccionales en los que participen.

Correlativamente, la transgresión a dicha prohibición será considerada como falta administrativa grave.

La reforma constitucional

Se incorpora  al texto constitucional un mecanismo específico de responsabilidad, distinto al juicio político, que podría dar lugar, en su caso, a la destitución de los Magistrados y Consejeros de la Judicatura por denegación de justicia, incumplimiento doloso a los supuestos de impedimento judicial o por haber incurrido en violaciones a las reglas de conflicto de interés. Dicho mecanismo será conocido por y se substanciará ante al Congreso del Estado

Habrá la creación de la Sala Constitucional de carácter permanente, adscrita al Poder Judicial del Estado, orgánicamente independiente del Tribunal Superior de Justicia, con autonomía de jurisdicción para la resolución de los asuntos de su competencia, a la que corresponde la interpretación, defensa y garantía jurisdiccional de la Constitución poblana y de los derechos humanos reconocidos en el ordenamiento jurídico Estatal, procurando en todo momento su protección más amplia.

La Sala Constitucional se integrará por cinco Magistrados, nombrados conforme a lo previsto en la Constitución para los magistrados del Tribunal Superior y a las reglas de escalonamiento en su integración que prevea la ley orgánica respectiva.

Adicionalmente, en la iniciativa se prevé que el Pleno de la Sala Constitucional nombre a su respectivo presidente, de entre sus integrantes, por un periodo de cuatro años, sin posibilidad de reelección, el cual será distinto a los presidentes del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura, con lo que se fortalece la autonomía de esta Sala frente a cualquier otro órgano del propio Poder Judicial.