El diputado por el Partido del Trabajo (PT), José Miguel Octaviano Huerta Rodríguez, presentó una iniciativa mediante la cual se adiciona la fracción VI al artículo 20 de la Constitución Política del Estado de Puebla, para fijar los lineamientos para realizar una consulta popular a nivel estatal, la cual podría ser solicitada por el 2 por ciento de los ciudadanos inscritos en el Listado Nominal del INE.

Dijo que el objetivo de establecer el proceso de Consulta Popular, es armonizar los lineamientos y requisitos establecidos a nivel nacional, así como considerar la participación de los pueblos originarios en este ejercicio.

Recordó que la consulta ya está en la Carta Magna considerando a la participación de los pueblos originarios del estado de Puebla.

La iniciativa presentada en la pasada sesión ordinaria, indica que la Legislatura convocará a Consulta Popular a petición de: la ciudadanía en un número equivalente, al menos, al 2 por ciento de las personas inscritas en la Lista Nominal de electores de la entidad; el equivalente al 10 por ciento de los pueblos originarios y comunidades indígenas residentes; el equivalente al 33 por ciento de integrantes de la Legislatura, o el titular del Ejecutivo del Estado.

De igual forma, precisa que, el resultado será vinculatorio para las autoridades competentes cuando la participación total corresponda, al menos, al 40 por ciento de la ciudadanía inscrita en la Lista Nominal; el Instituto Electoral del Estado tendrá a su cargo la organización, desarrollo, cómputo y declaración de resultados; y la Consulta Popular se realizará el mismo día de la jornada electoral local.

Dijo que Puebla no puede ser ajena a este elemento de democracia directa, mucho menos cuando la ciudadanía poblana lo ha demandado de distintas formas, como a través de los medios de comunicación, de los proyectos de ley y, más recientemente, de los Foros para la Construcción de la Ley de Participación Ciudadana del Estado de Puebla.

Dijo que la consulta popular fue considerada como unos de los instrumentos idóneos para hacer realidad la voluntad de quien verdaderamente ejerce la soberanía de la entidad, escuchando a todos, tomando en cuenta invariablemente, en todo momento la pluralidad y diversidad de ideas, intereses y necesidades de todas y todos, con procedimientos claros, sencillos y expeditos, que, sin afectar la gobernabilidad, pongan de manifiesto y vinculen a las autoridades a acatar el mandato público que el pueblo demanda.