La Comisión de Hacienda del Congreso del Estado aprobó la Ley de Ingresos del Municipio de Puebla, pero hizo ajustes luego de que en diversos rubros el Cabildo capitalino aprobó cambios superiores al 4.8 por ciento que es el promedio inflacionario.

Durante la sesión se contó con la asistencia de la tesorera del ayuntamiento de Puebla, María Isabel García Ramos y el director jurídico de la Tesorería del ayuntamiento, Ismael Ramírez Minor, así como de Pablo Montiel Solana, quienes asistieron para escuchar las observaciones y aclarar las dudas de las y los legisladores con relación a las reformas al Código Fiscal y Presupuestario para este Municipio, así como la iniciativa de Ley de Ingresos del Municipio  de Puebla, para el ejercicio fiscal 2024.

Los ajustes fueron propuestos por el legislador del PAN, Eduardo Alcántara Montiel, quien advirtió una serie de omisiones en el cobro de servicios al no justificar la base gravable de los pagos y superar el tope de inflación del 4.8 por ciento.

Los cambios que se lograron se encuentran la suspensión del pago de 910 mil 681 pesos anuales que propusieron por el derecho de venta de alcohol en los estadios Cuauhtémoc y Hermanos Serdán.

Este se reactivará una vez que los regidores no modifiquen el Código Reglamentario para el Municipio de Puebla (Coremun) para regular el giro y poder cobrar.

También se ajustó en el Código Fiscal el cobro de usufructo (derecho real de goce o disfrute de una cosa ajena) ya que el ayuntamiento intentó que los concesionarios pagaran dos veces, algo que era ilegal.

Una vez analizadas las reformas, las y los diputados del órgano colegiado aprobaron el proyecto de dictamen de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Fiscal y Presupuestario para el Municipio de Puebla.

Cambios a Ciudad Modelo

En más del orden del día, las y los diputados integrantes del órgano colegiado avalaron el proyecto de dictamen de decreto por virtud del cual se reforman y adicionan diversas disposiciones del Decreto del Honorable Congreso del Estado, por el que crea el Organismo Público Descentralizado denominado “Ciudad Modelo”.

Esto, con la finalidad de que su Junta de Gobierno cuente con las atribuciones necesarias, que les permita desincorporar bienes inmuebles de dominio público cuando no existan razones que impongan la necesidad a conveniencia de conservarlos o cuando se justifique plenamente la necesidad del acto, por la importancia del fin al que se vayan a destinar.

Así como conceder a la Junta de Gobierno del Órgano Público Descentralizado la capacidad de autorizar las actas de dominio respectivo sobre los bienes de dominio privado.