La propuesta morenovallista por un lado nos dice que no van a penalizar a la mujer con cárcel, ni imponer sanción económica; no obstante, la oferta —parchada— del gobierno estatal plantea una “terapia de la interrupción del embarazo”.
Pero conforme avanzan los días, la iniciativa de ley sobre el aborto deja más dudas sobre el tintero.
Si no están regulando el aborto, como dice el discurso oficial, pareciera que están promoviendo a las “espanta cigüeñas”.
Este problema pasa desapercibido en estos momentos, y es el control sobre las clínicas donde se práctica el aborto.
En el Distrito Federal, cuya ley es considera de vanguardia en América Latina, hay una serie de condiciones para garantizar la salud de la mujeres que decidan abortar.
Según la Gaceta Oficial del Distrito Federal publicada el 4 de mayo de 2007 y que documentó La Jornada.
La nota firmada por Rocío González señala que “aquellas mujeres que deciden interrumpir el embrazo tienen garantizado la confidencialidad sobre su información personal.
”Los médicos pueden abstenerse a participar en la interrupción legal del embrazo por razones de conciencia, salvo en los casos en que se ponga en riesgo inminente la vida de la paciente.
”Como parte de los nuevos lineamientos se precisa que los servicios de salud están obligados a proporcionar orientación, asesoría e información objetiva y veraz, suficiente y oportuna, sobre los procedimientos, riesgos, consecuencias y efectos, así como los apoyos y alternativas existentes para la mujer que solicite la interrupción legal del embarazo.
”Las unidades médicas donde se podrá realizar la interrupción del embarazo deberán contar con los requisitos establecidos en la NOM-205-SSA1-2002 para la práctica de la cirugía mayor ambulatoria y disponer de personal médico gineco-obstetra o cirujano general debidamente capacitado; de no ser así, tendrán que canalizar oportunamente a la paciente a los hospitales donde se practiquen dichos procedimientos.
”La técnica utilizada para realizar el aborto podrá ser médica o quirúrgica y los médicos que expidan el dictamen de edad gestacional del feto, basado en métodos clínicos, de ecografía o laboratorio, deberán acreditar su especialidad y su adscripción a alguna institución de salud del sector público, social o privado.”
Hasta aquí la obligada cita.
Pero en Puebla este punto pasa desapercibido. Y deja a su suerte a las mujeres que decidan interrumpir el embarazo —a sabiendas de que no será sancionadas y no terminarán en la cárcel— puedan elegir donde realizarse el aborto, ya sea en clínicas, con comadronas, o las llamadas “espanta cigüeñas”, según sus posibilidades.
Sin embargo, ¿quién garantiza estos servicios? ¿Quién los regula?
El problema es grave, existen en el estado muchas “espanta cigüeñas” sueltas y el gobierno no garantiza la integridad física de las féminas que optan por abortar.
¿Es esta una ley de avanzada?
¿Promoviendo espanta cigüeñas?
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