Será el próximo lunes, pasadas las 13 horas cuando el caso de Paloma Corte tenga un nuevo avance. Ayer, a su agresor, Roberto M. T. se le impuso prisión preventiva justificada.
El caso de Corte cobró notoriedad por dos circunstancias, la primera que se cometió dentro de un espacio donde abundan abogados y personal especializado en la impartición de justicia; la segunda, que llegó a La Mañanera, en donde la presidenta Claudia Sheinbaum, tras reconocer que desconocía el caso, pidió atenderlo y hasta propuso la aplicación de la Ley Olimpia.
En el relato, la abogada Paloma Corte denunció, primero en redes sociales y después ante la Fiscalía, que Roberto M. T. le habría tomado unas fotografías sin el consentimiento de ella. A eso agregó algunas quejas, por ejemplo, que la esposa de Roberto sea jueza o que el detenido pudiera tomar agua y comer.
En los hechos, las autoridades del Poder Judicial solicitaron desde el primer momento, el apoyo de las policías, quienes detuvieron al señalado y aseguraron el celular. Después lo trasladaron a la Fiscalía y ahí se le tomó declaración a Paloma Corte.
En menos de 48 horas, el detenido pasó de ser asegurado en Ciudad Judicial a estar frente a las autoridades ministeriales y después trasladado al Complejo Metropolitano de Seguridad Pública C5, en el área de Seguridad de la Casa de Justicia de San Andrés Cholula.
Ayer mismo, también, la FGE ejercitó acción penal y solicitó audiencia de formulación de imputación, por el delito de Acoso Sexual, en agravio de Paloma Corte Vera.
Fue el juez David Rodríguez González quien presidió dicha audiencia y resolvió que fue legal la detención de Roberto M.T. Debido a que él solicitó que se duplicara el término para resolver su situación legal, se le impuso prisión preventiva justificada y la audiencia judicial continuará el próximo 18 de noviembre.
Aquí es importante hacer dos acotaciones, la primera es que difícilmente se podría aplicar la Ley Olimpia como solicitó la presidenta Claudia Sheinbaum porque ésta sanciona la ciberviolencia, es decir, los casos en donde se compartan imágenes que violen la intimidad sexual de las personas a través de medios digitales. Hasta este momento del caso, no se tiene conocimiento que las fotografías tomadas sin consentimiento hayan sido difundidas a través de medios digitales.
Lo que sí se podría tipificar -y que fue el delito que señaló la FGE- es acoso sexual. La delgada línea, en este caso, estaría en la distribución de esas imágenes.
María Olimpia Vega Simont, asesora jurídica de Paloma Corte Vera, así como Citlalli Hernández, titular de la Secretaría de las Mujeres, seguramente podrán robustecer este tema.
La segunda acotación que me parece importante es reconocer que, en este caso en concreto, las autoridades y toda la cadena de justicia han actuado.
En infinidad de ocasiones he denunciado la falta de acción de las autoridades o su ineficiencia, sin embargo, aquí ha quedado claro que tanto los representantes del Poder Judicial como los policías hicieron su trabajo. La Fiscalía, por su parte, mantuvo en todo momento al acusado bajo custodia, incluso logró darle al juez los elementos necesarios para que ayer mismo se le dictara prisión preventiva.
Lo anterior nos demuestra, con hechos, que las querellas por una presunta inacción de la autoridad son infundadas porque el caso ha tenido la atención necesaria.
¿Cuántas víctimas desearían que sus casos y sus agresores estuvieran detenidos desde el primer momento y permanecieran en prisión preventiva?
Nuestro sistema judicial tiene muchas fallas y lagunas, pero en ocasiones, como esta, se alinean las estrellas y se logran procesos encaminados a una verdadera impartición de justicia.