El Consejo Político Estatal del Partido de la Revolución Democrática (PRD) dio a conocer que de forma extraordinaria modificó su calendario de procesos internos para el registro de aspirantes a la gubernatura del estado, diputaciones y presidencias municipales como de comunidad.

Con fundamento en los artículos 39, 43, 36 y demás relativos del reglamento de elecciones, aprobaron la fe de erratas de la convocatoria para elegir las candidaturas a la gubernatura, diputaciones, integrantes de los 60 ayuntamientos y 299 presidencias de comunidad del estado.

Por lo cual las fechas de registros oficiales de aspirantes a las precandidaturas y sustituciones serán del 4 al 8 de enero de 2021, en horario de 10:00 a 18:00 horas, con excepción del último día, el cual será de 10:00 a 24:00 horas, contando con 24 horas para subsanaciones, los cuales correrán los días 9 y 10 de enero.

El periodo de precampaña también sufrió modificación, quedando en el periodo del 12 y 31 de enero de 2021, tanto para los aspirantes a la gubernatura como para las candidaturas a las diputaciones de mayoría relativa, ayuntamientos y comunidad.

Durante el estatuto también se subrayó dar cumplimiento al principio constitucional de paridad de género, aprobados por el Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE), donde se mencionó que los géneros de las candidaturas propietarios y suplentes de los diferentes cargos pueden ser mixtos dependiendo el caso.

Las diputaciones por mayoría relativa y representación proporcional se registrarán en fórmula de personas propietarias y suplentes. La suplencia deberá ser del mismo género que la propietaria, salvo en el caso de que la persona sea del género hombre la suplencia podrá ser de manera indistinta.

Las suplencias deberán tener la misma acción afirmativa acreditada por la persona propietaria, en caso contrario no se reconocerá.

En caso de que por la situación sanitaria fuese modificado el semáforo en el que prevalece en el estado de Tlaxcala, la Dirección Nacional Ejecutiva habilitará el mecanismo y procedimientos para la recepción de las solicitudes de registro.

Las planillas para integrar ayuntamientos podrán registrarse con un mínimo de dos fórmulas que las encabecen y las solicitudes de registro a las diputaciones por los principios de mayoría y representación proporcional a las presidencias municipales, sindicaturas y regidurías, así como a las presidencias de comunidad, se presentarán ante el Órgano Técnico Electoral, a través del Sistema de Registro en Línea.