El pleno del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) devolvió al Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) lo relacionado a los expedientes TET-PES-004/2020 y TET-PES-005/2020, que tienen que ver con la comisión de actos posiblemente constitutivos de violencia política en razón de género en contra de la síndica municipal de Totolac, así como una denuncia respecto a posibles violaciones a la normatividad electoral por parte del Movimiento Regeneración Nacional (Morena), respectivamente, ello, debido a diversas omisiones en la realización de instrucciones, sustanciación y emplazamientos.

En el primer caso, el pleno determinó devolver las constancias del expediente TET-PES-004/2020 para que realice mayores diligencias, toda vez que del análisis realizado a las mismas se advirtió que el procedimiento no estuvo debidamente instruido. En consecuencia, revocó el acuerdo de admisión de fecha 22 de enero emitido dentro del expediente CQD/PE/MECP/CG/003/2021, y dejó sin efectos todo lo actuado con posterioridad a dicho acuerdo.

El pleno observó que dentro del acuerdo en el que fue admitido el procedimiento especial sancionador y en el emplazamiento a los denunciados, la autoridad instructora no consideró la demanda que dio origen al juicio ciudadano TET-JDC-023/2020, ni tomó en cuenta que la causa generadora del inicio de tal procedimiento especial sancionador fue la sentencia emitida dentro de ese mismo juicio.

Asimismo, señaló que la autoridad instructora no tomó en cuenta lo manifestado por la denunciante, quien en su oportunidad se expresó en contra de los integrantes del ayuntamiento de Totolac era su intención iniciar el procedimiento, así como de quienes pedía dejar fuera al manifestar que no habían realizado ningún acto en su contra.

Adicionalmente, el pleno del Tribunal determinó que el oficio en el que la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del ITE requirió al alcalde de Totolac para emplazar a una audiencia de pruebas y alegatos a los integrantes del Cabildo denunciados, careció de fundamentación y motivación.

Debe precisarse que dentro de su resolución, el pleno del TET estimó necesario que la Unidad Técnica cuente con uno o más dictámenes periciales sobre el estado psicológico o afectación mental y emocional de la síndica municipal, pues éstos pueden llegar a ser constitutivos de violencia política por razón de género en su contra.