Juan Manuel Cambrón Soria, coordinador del Grupo Parlamentario del PRD, propuso la iniciativa con proyecto de decreto por el que se derogan, reforman y adicionan diversos artículos del Código Penal para el Estado, en materia de feminicidio.
En su exposición de motivos, su iniciativa busca incrementar la penalización mínima establecida, y determinar la obligatoriedad de investigar cualquier privación de la vida de una mujer, como probable feminicidio y con perspectiva de género, así como precisar y agravar la pena de prisión, cuando la víctima sea la cónyuge, concubina o haya mantenido alguna relación sentimental con el victimario.
Como punto principal señaló sancionar de manera específica la inducción al suicidio de una mujer cuando medie algún tipo de violencia hacia ella.
Apuntó que los asesinatos de mujeres en Tlaxcala se suman a casos de violencia extrema por razones de género, y deberían de haber sido investigados y resueltos como feminicidios, sin embargo, a la fecha los casos siguen ocurriendo sin resultados claros y concretos, “lo que genera una desconfianza en la capacidad de la autoridad ministerial”.
Recordó que la tipificación del delito de feminicidio surge para prevenir investigar y sancionar las conductas que propician las muertes dolosas y violentas de mujeres en circunstancias concretas, pese a ello ante los pocos resultados en las investigaciones plantea el perfeccionamiento o actualización de las hipótesis por las que se considera la muerte dolosa de una mujer como feminicidio.
Lo anterior, previsto en el artículo 229 del Código Penal de la entidad, el cual señala en su fracción segunda que una de las circunstancias para tener por cometido el delito de feminicidio es que la víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo.
“La sola referencia a la existencia de violencia sexual en cualquiera de sus formas limita la posibilidad de extender la causa de feminicidio, cuando sin mediar violencia sexual ocurre la muerte de una mujer, pues no necesariamente la agresión va acompañada de violencia sexual sino simplemente de violencia física”.
De igual forma, externó que en ocasiones se presentan casos en que debido a la violencia ejercida en contra de una mujer, se le induce u obliga al suicidio sin que exista responsabilidad para el incitador o inductor, por lo que pidió se añade una pena de 12 a 24 años de prisión cuando se presenten estos casos.
La iniciativa fue turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales, Gobernación y Justicia, para su análisis correspondiente.