La noche del domingo, el Consejo General del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) aprobó los criterios para garantizar el principio de paridad de género en el próximo proceso electoral local extraordinario para renovar los cargos del Poder Judicial, Tribunal de Justicia Administrativa y Tribunal de Conciliación y Arbitraje.
Lo anterior no sólo se refiere a la participación de las mujeres en igualdad de condiciones para ser elegibles en determinado cargo público, sino también a ocupar dichos cargos.
En este sentido, el Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos establece en su artículo 3 que los Estados Partes se comprometen a garantizar a hombres y mujeres la igualdad en el goce de todos los derechos civiles y políticos enunciados en el mismo.
En ese sentido, es importante precisar que, para el caso de la elección de magistraturas, la valoración de la paridad vertical se efectuará en el total de cargos vacantes de cada tribunal, por lo que se asignarán alternadamente mujeres y hombres, iniciando por mujer, y hasta completar el total de los cargos de cada tribunal, siendo de la siguiente manera:
- 4 magistraturas del Tribunal Superior de Justicia.
- 3 magistraturas del Tribunal de Disciplina Judicial.
- 3 magistraturas del Tribunal de Justicia Administrativa.
- 3 magistraturas del Tribunal de Conciliación y Arbitraje.
Por lo que respecta a la elección de juezas y jueces, la verificación de la paridad vertical se realizará conforme al ámbito territorial de elección de los cargos a renovar establecido en la convocatoria del Comité Estatal, diferenciando además por materia o especialización. Es decir, por una parte, las juezas y jueces que se eligen a nivel estatal y, por otra parte, las juezas y jueces que se eligen a nivel distrital, en ambos casos diferenciando las vacantes por materia o especialización. Por lo que se asignarán alternadamente mujeres y hombres, iniciando por mujer, y hasta completar el total de los cargos por ámbito territorial, materia y, en su caso, especialización.
Lo anterior se refleja de la siguiente manera:
Ámbito territorial de elección a nivel estatal
- 1 cargo de Juezas o Jueces en materia Laboral.
- 1 cargo de Juezas o Jueces en materia de Ejecución Especializada en Medidas Aplicables a Adolescentes y de Ejecución de Sanciones Penales.
- 1 cargo de Juezas o Jueces en materia del Sistema Tradicional Penal y Especializado en Administración de Justicia para Adolescentes.
- 1 cargo de Juezas o Jueces en materia Familiar Especializado en Asuntos Urgentes para Mujeres que viven en situación de Violencia.
- 2 cargos de Juezas o Jueces del Tribunal de Enjuiciamiento Colegiado.
Ámbito territorial de elección a nivel distrital
- 2 cargos de Juezas o Jueces en materia Civil.
- 2 cargos de Juezas o Jueces en materia Familiar.
- 1 cargo de Juezas o Jueces en materia Civil-Familiar.
- 7 cargos de Juezas o Jueces en materia Penal.
- 5 cargos de Juezas o Jueces en materia Penal especializados en justicia para adolescentes.
De esta manera, se garantiza la paridad de género en la asignación en cada uno de los cargos, siendo estos las Magistraturas, Juezas y Jueces estatales; y Juezas y Jueces distritales, según el ITE.