La Cuarta Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación exhortó al tribunal local a abstenerse de hacer declaraciones agresivas sin fundamentos en contra de las resoluciones de la instancia federal, además se aclaró que ésta no actúa por intereses y se apega a las razones jurídicas.

Durante la sesión de la Cuarta Sala Regional, con sede en el Distrito Federal, donde se resolvieron 14 juicios correspondientes a Puebla, entre ellos Coronango y Cuautlancingo, la magistrada presidente Janine Otálora Malassis se refirió a las críticas vertidas por el magistrado Francisco Javier Unanue Bretón el pasado 6 de diciembre, e indicó que su actitud no abona a la certeza jurídica ni para la transparencia.

La magistrada federal aclaró que el Tribunal Federal tanto en la Sala Superior como en las Regionales está abierto a la propuesta y la crítica pero no en la forma en que lo propone el Tribunal de Puebla, por lo que se exhorta a que en el futuro que no tenga ese tipo de actitudes.

Mientras, el magistrado Armando Maitret Hernández al hacer uso de la palabra dijo que fue un planteamiento agresivo que no es acorde al actuar de las instituciones electorales; además, recordó que él para ocupar el cargo, al igual que los demás magistrados participó en elección abierta cubriendo los requisitos.

Sostuvo que en el Tribunal Federal hay argumentos, razones jurídicas y no intereses personales, y aclaró que no hay evidencia de que en Puebla existan pero cuestionar por no compartir un punto de vista muestra ser poco cuidadoso, imprudente y poco ético.

“Provengo del Tribunal más serio como lo es del Distrito Federal, pero además existen las instancias para que se debata y se analice, además de que el Tribunal a través de la Sala Regional convoca a eventos, temas, notificación, e insisto, los diálogos jamás se han cerrado, se está abierto al diálogo, y lo que se dictamina es con razones jurídicas, hay lugares y mecanismos, la sentencias tienen que expresar razones jurídicas, pero hubo un inexplicable posicionamiento airado de los magistrados”.

Sostuvo que la instancia federal jamás determinará una pauta para la causal la conducta ética, ya que no hay interés en la causa y las características del Tribunal Federal son la objetividad y certeza.
Puntualizó que cuando se entra a la descalificación se acaba el ámbito de la racionalidad.

Mientras, la magistrada presidenta Janine Otálora reiteró que son órganos abiertos a la critica, se tienen especialistas y lo importante es que el juez electoral se caracterizarse por la prudencia.

La inconformidad

El pasado 6 de diciembre en entrevista al terminar la sesión el magistrado presidente del Tribunal Electoral del Estado, Manuel de Unanue Bretón, cuestionó las decisiones de la Cuarta Sala del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y advirtió que hay serias violaciones a los principios de derecho, e indicó que en los procesos del distrito 16, así como el del municipio de Lara Grajales, se había actuado conforme lo que establece la ley.

Tras las decisiones que tomó la Cuarta Sala en los juicios electorales del pasado proceso, Unanue Bretón expresó: “El punto medular que es la gota que derramó el vaso, fue cuando la Sala Regional ha venido recurrentemente a dictaminar fallos con lo que no se está de acuerdo, y se pueden poner tres casos claros, el del distrito 16 donde se ordena realizar diligencias de manera contraria a la ley, pues ésta dice que cada parte tiene que probar, cada partido político tiene que probar lo que dice.

”En el principio jurídico: quien lo dice está obligado a probar, esto hace que se esté en un plano de equidad, y lo que ha hecho la sala de manera muy triste es a partir de ordenar diligencias pretender pues lo que ha hecho la sala es pretender que se supla la deficiencia de la queja, que si una de las partes ofreció mal sus pruebas o que éstas se encuentran fuera de tiempo, lo que pretende la sala es que las tomemos en cuenta”.

Sostuvo que esta situación es contraria a lo que establece la ley, y el tribunal local de ninguna manera está de acuerdo en la imposición que se tuvo que acatar y que dio la sala al vincularlos para mejor prueba.

Indicó que el caso de Lara Grajales es triste la resolución que dio la sala regional y puntualizó: “La ley dice claramente, no se pueden utilizar símbolos religiosos en las campañas, y el legislador buscó algo al imponer esta obligación, pero lo que hizo la sala al señalar dos cuestiones que dan tristeza, una de ellas es que la iglesia que se pone en la propaganda no es un símbolo religioso, por lo tanto preguntaría cuál sí lo es; el segundo punto que se discutió es qué tanto afectó”.

Unanue Bretón indicó: “Con esos argumentos se podrá decir que se violó poquito la ley, pero la realidad es que la ley se viola o no se viola, la ley se acata y estamos obligados como autoridades a hacer acatar la ley, y es por ello que el cuerpo colegiado tomó la decisión de decir: mucho o poco, no están permitidos los símbolos religiosos en las campañas electorales”.

Sostuvo que lo que se hizo fue abrir la puerta para ver qué tanto se puede simular, si fue poquito o no el uso de símbolos religiosos, y advirtió que le parece profundamente triste y cómo abogado, jurista y magistrado está en profundo desacuerdo en el actuar de la Sala Regional.

Explicó que hay otras situaciones como dónde se ordenan abrir sólo lo de los votos nulos que no permite a los magistrados locales hacer algo, pruebas que no llevan a nada.

Aclaró que aún y cuando ellos no habían actuado como magistrados, no tenían historia en materia electoral, los magistrados de la Sala Regional sorprenden de manera enorme su actuar, sobre todo cuando tienen esa experiencia no parece posible la forma en que están resolviendo.

Los fallos

Ayer el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ratificó el triunfo de la coalición 5 de Mayo en el municipio de Coronango y desechó los recursos 190 y 191 presentados por Puebla Unida así como por Avelino Toxqui Toxqui, al considerar que sus los argumentos que presentaron fueron infundados, mientras que en Cuautlancingo, municipio colindante con la capital, se ratifica el triunfo para la coalición del PAN, PRD y Nueva Alianza.

Durante la sesión de la Cuarta Sala Regional del Tribunal, el magistrado ponente Armando Maitret Fernández advirtió que en los juicios 190 y 191 sólo se presentaron supuestos pero no hechos concretos, por lo que la resolución del Tribunal Electoral del Estado fue ratificada po la instancia federal.

Entre los argumentos de Maitret Fernández estuvieron que la presentación del recurso fue de manera extemporánea, además de que Avelino Toxqui Toxqui fue sobreseído al haberse presentado un recurso similar.

Fue la magistrada presidenta Janine Otálora Malassis quien ratificó la sentencia junto con los demás magistrados al respaldar en análisis de Maitré Fernández.

Del otro municipio colindante con la capital, el dictamen presentado por la propia magistrada presidenta en lo referente a Cuautlancingo, al indicar que no se acreditó el rebase de los topes de campaña por parte de la coalición Puebla Unida.

Asimismo, la sala resolvió los casos de Guadalupe Victoria, Felipe Ángeles, Tlapacoya, San Gregorio Atzompa, entre otros.

Boletas falsas

En el juicio 196, correspondiente a San Gabriel Chilac, Janine Otálora en su argumentación advirtió que la elección se había desarrollado sin problemas, pero en 14 de 16 casillas aparecieron boletas apócrifas por lo que las instancias electorales municipales se declararon incompetentes para hacer el recuento, por lo que se trasladó el cómputo al consejo general del Instituto Electoral.

Expresó que se encontraron boletas apócrifas, mismas que no se contabilizaron y se indicó que éstas eran a favor de Movimiento Ciudadano.

Dijo que en el proyecto que presentó en las actas coinciden los votos con el número de ciudadanos, por lo tanto no procedía la petición de Puebla Unida de anular la elección, y el triunfo corresponde al Partido del Trabajo.

El magistrado Armando Maitret Hernández señaló que los representantes de Movimiento Ciudadano se sorprendieron con los hechos y no se puede anular la elección una vez que se premiaría a quien generó el sobrante de las 215 boletas.