Esto, derivado de que el ramo que aglutina a propietarios de restaurantes, bares, comercios y otros giros que tienen servicio de valet parking pidiera una revisión al reglamento antes de aplicarlo.
Al respecto, el secretario de Gobernación municipal, Eduardo Alcántara Montiel, precisó que el nuevo reglamento para regular el servicio de estacionamiento de establecimientos fue regresado a comisiones del cabildo de Puebla para su revisión.
Indicó que será en los próximos días cuando la comisión encargada de estudiar otras alternativas para el reglamento sesione para turnarla al cabildo para su aprobación. Sin embargo, Alcántara Montiel admitió que la aplicación del reglamento no correrá a cargo de esta administración municipal, pues todavía hay trámites como la publicación del nuevo reglamento en el Periódico Oficial del Estado, que rebasarían el tiempo en el que concluye el actual gobierno municipal.
“Dejaremos las reformas y las nuevas medidas que apruebe el cabildo para que una vez que entre en vigor se pueda ejecutar, por lo que ahora el compromiso es sacar la reforma y se tendrán que esperar a que sea publicada en el Periódico Oficial”.
Destacó que a partir de la publicación del reglamento los más de 400 restaurantes y “antros” que cuentan con el servicio de acomodadores de vehículos tendrán que pagar al ayuntamiento de Puebla dos pesos por cada ascenso y descenso de clientes.
La cuota fija que la autoridad municipal tiene contemplado cobrar por la ocupación del frente del comercio, sólo por al ascenso y descenso de clientes que lleguen en sus vehículos, es de mil 800 pesos al mes.
“Los establecimientos que hagan uso de la vía pública a través de los estacionadotes, por obligatoriedad tienen que pagar dos pesos, ésa es la cuita que se fijó y que quedó establecida en los reglamentos y en la ley de ingresos de 2014”.
Subrayó que el cobro es exclusivamente para los propietarios de los establecimientos, sobre todo de los que tienen el servicio de valet parking y no para los trabajadores que ejercen el oficio de acomodadores de autos.
Detalló que los establecimientos, sean del giro que sean, siempre y cuando tengan el servicio de acomodadores de autos, están obligados a contar con un estacionamiento, ya sea propio o en renta, para que sus clientes cuenten con el servicio de estacionamiento.
“Queda prohibido que los valet parking aparten el frente o los costados de la vía pública con conos, cajones, sillas o cajas para el ascenso o descensos de clientes, o dejar estacionados los vehículos”.
El encargado de la gobernabilidad en la ciudad aceptó que ha quedado pendiente el tema de sus licencias de funcionamiento y usos de suelo que se entregaron en administraciones pasadas que fueron irregulares, es decir, que nunca se obligó —como lo establece la Ley de construcción— a que contaran con estacionamientos propios o, en su caso, con sus cajones de estacionamiento.