Agoniza la venta al margen de la ley de teléfonos móviles, tablets, Ipads, laptops, además de otros gadgets y artículos electrónicos de dudosa procedencia, porque regidores de comisiones de Reglamentación y Seguridad Ciudadana han aprobado por unanimidad establecer controles de compra-venta para las casas de empeño en la Angelópolis para evitar que la transacción se realice sin pedir alguna documentación como ocurre cotidianamente.
A los rateros restan 15 días para vender sin presentar documentos de los artículos que quieran ofertar a casas de empeño; los regidores establecieron que en la sesión de Cabildo del amor del 14 de febrero próximo aprobar el dictamen fijado este último miércoles de enero del 2020 para que sean publicado en el Periódico Oficial del Estado (POE) lo más rápido posible.
Los propietarios de esas casas donde acuden los pignorantes a canjear dinero por artículos, estarán obligados a solicitar una copia simple de la credencial del Instituto Nacional Electoral —INE— para votar con fotografía bien definida, copia del comprobante de domicilio mínimo con dos meses de antigüedad y deberán sacarle una fotografía a la persona que solicite la transacción mercantil y del bien mueble a empeñar para rendir cuentas claras a la autoridad.
En el caso de los teléfonos móviles o celulares, Tablets y Laptops o computadoras portátiles, los dueños de casa de empeño deberán obligar a sus empleados a solicitará sí o sí la factura original que acredite la propiedad de esos electrónicos de comunicación.
Bajo ese panorama, la presidenta de la comisión de Seguridad Ciudadana, Ana Laura Martínez Escobar acentuó la importancia de este proyecto para dar un gran golpe a los ladrones de los aparatos de comunicación global que se roban cotidianamente en la ciudad,
Además precisó que en las casas de empeño se deberá colocar en lugares visibles uno o varios avisos con la leyenda:
“Vender, comprar o empeñar artículos de procedencia ilícita constituye un delito común que se castiga con cárcel”.
Valoró que sea la unidad de Normatividad Comercial la encargada de vigilar que se cumpla las modificaciones al Código Reglamentario Municipal en el artículo 632 bis.