Las recientes reformas aprobadas por los diputados locales a la Ley para la Venta y Suministro de Bebidas Alcohólicas del Estado de Puebla, son parte de esas locuras e incongruencias que terminan haciendo sobre las rodillas.

Más allá de la complicación y los problemas que traerá el cierre generalizado de establecimientos a las 2:30 de la mañana hoy quiero abordar otros puntos que simplemente no fueron revisados por los levantadedos del Congreso.

Empecemos por cuestionarnos el carácter punitivo de esta reforma que propone una multa de cien a mil Unidades de Medida y Actualización y hasta seis años de cárcel “a la persona que venda, distribuya, suministre bebidas alcohólicas sin la licencia o el permiso correspondiente, fuera de los horarios establecidos”.

¿De verdad sería justo meter a la cárcel a alguien que viole esta ley y por error, negligencia o descuido lleve una bebida alcohólica después de las 02:00 horas?

Y en caso de aplicar a rajatabla esta ley, uno se preguntaría: ¿Contra quién iría la sanción?, ¿A quién privarán de su libertad, al mesero, al barman, al bartender, al gerente general o al representante legal? Todos ellos son responsables en algún grado de vender, distribuir y/o suministrar bebidas alcohólicas.

Otro punto que refleja que esta ley fue hecha sobre las rodillas es la solicitud de “que el personal que presta servicios privados de seguridad pertenezca a instituciones debidamente registradas y autorizadas por la Secretaría de Seguridad Pública Estatal… así como evitar a los mal llamados cadeneros”.

Es decir, que por un plumazo habrá que despedir e indemnizar a quienes hasta ahora cuidan las entradas a los centros nocturnos, adquirir los servicios de empresas autorizadas por la SSP y que cuenten con enfoque en los Derechos Humanos.

Aunque el Periódico Oficial del Estado no ha publicado las reformas aprobadas, es decir, que esta ley aún no entra en vigor, es imposible que de la noche a la mañana, los establecimientos como restaurantes, bares, casinos, centros nocturnos y afiliados, puedan cumplir con las novedades como la instalación de cámaras “evitando al máximo la existencia de puntos ciegos y con respaldo de grabación de 30 días naturales”.

Tanto la colocación de más videocámaras como la adquisición de un servidor o espacio para almacenar las grabaciones por todo un mes requieren de una inversión y de la contratación de servicios especializados.

Y aunque insisto en que todas las medidas que nos ayuden a garantizar la seguridad de clientes y trabajadores son aplaudibles, pedirles a los empresarios que realicen esta inversión acortándoles el tiempo de venta es insensible, por decir lo menos.

Esta reforma necesita de reglamentos que establezcan plazos y términos para poder cumplir con ella de manera gradual.

Y con todo lo anterior, el presidente del Congreso, Edgar Garmendia se atrevió a decir que no habrá modificaciones a lo recientemente aprobado. En el colmo afirmó que se “analizó mucho”, ¿quiénes lo analizaron, son acaso los diputados expertos en la materia?

Ya se vio que no.