La denuncias ciudadanas ante el Itaipue, por incumplimiento de obligaciones en transparencia de sujetos obligados, siguen siendo una constante. 

Durante la 22ª sesión ordinaria de pleno del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Puebla (Itaipue), se resolvieron seis recursos de revisión y 18 denuncias por incumplimiento a las obligaciones de transparencia, todas contra ayuntamientos. 

Cae recordar que hasta la última revisión de cumplimiento de obligaciones de transparencia en el mes de julio, la Comisión de Derechos Humanos (CDH), Fiscalía General del Estado, nueve de diez partidos políticos y 128 de 129 ayuntamientos, como Teletón y Coparmex, entre otros, incumplieron en transparentar su información. 

En general, sólo 13 de 182 sujetos obligados cumplieron con la información que deben publicar por ley en sus portales de transparencia, lo que representa apenas un 7 por ciento, el más bajo promedio en los últimos años. 

Las denuncias 

En cuanto a las denuncias, fue declarada fundada la que está bajo el expediente DOT-69/AYTO CAXHUACAN -01/2020 interpuesta en contra del ayuntamiento de Caxhuacan por el incumplimiento referente a informes de avances programáticos o presupuestales respecto a su estado financiero, todos sus periodos.  

Así también, ante la omisión de atender el requerimiento del Itaipue se impuso una medida de apremio y por el incumplimiento de publicar la información se ordenó dar vista a su Contraloría Municipal, a efecto de que determine lo conducente de acuerdo a sus facultades. 

Otro ayuntamiento denunciado fue el de Francisco Z. Mena, bajo el expediente DOT-111/AYTO FRANCISCO Z. MENA-01/2020 y su acumulado. 

Y es que no ha publicado las sesiones celebradas de cabildo y a las cantidades recibidas por concepto de recursos propios, por lo que fue declarada fundada.  

Así también, ante la omisión de atender el requerimiento del Itaipue se impuso una medida de apremio y por el incumplimiento de publicar la información se ordenó dar vista a su Contraloría Municipal, a efecto de que determine lo conducente de acuerdo a sus facultades. 

Finalmente, se impuso una amonestación pública al Titular de la Unidad de Transparencia en virtud de que, omitió rendir su informe justificado en tiempo y forma legal. 

De igual forma, fue declarada fundada otra denuncia contra el Ayuntamiento de Choconcuautla, bajo el expediente DOT-115/AYTO CHICONCUAUTLA-09/2020. 

De este modo, se impuso una amonestación pública a la Titular de la Unidad de Transparencia por su omisión de rendir su informe justificado y se ordenó dar vista a su contraloría a efecto de que determine lo conducente de acuerdo a sus facultades. 

En cuanto a la denuncia DOT-141/AYTO CHILA-01/2020, interpuesta en contra del Ayuntamiento de Chila, referente a sesiones celebradas de cabildo, respecto del primer y cuarto trimestres del ejercicio 2019; fue declarada fundada.  

En la DOT-199/AYTO PETLALCINGO-01/2020 interpuesta en contra del Ayuntamiento de Petlalcingo por incumplimiento de la obligación de transparencia referente al segundo semestre del periodo 2019. 

Finalmente, en consideración que en seguimiento a las medidas necesarias para asegurar la actualización de los expedientes unitarios de los sujetos obligados, se requiere a los titulares de los mismos para que en un término de tres días hábiles siguientes a la notificación, den respuesta apercibiéndolos que de no hacerlo se procederá con una medida de apremio consistente en una amonestación pública o multa. 

Transparentando 

En la misma sesión, los comisionados Laura Marcela Carcaño Ruiz y Carlos Germán Loeschmann Moreno, ordenaron que sea abierto el expediente de los Martes Ciudadanos, en los que el gobernador Miguel Barbosa, daba seguimiento y solución a problemas de la gente. 

En ese sentido, en cuanto al expediente RR-123/2020, se determinó revocar a efecto de que el Fideicomiso de Pensiones y Jubilaciones de respuesta a la solicitud referente a saber qué personas acompañan al gobernador para la atención de dichos martes ciudadanos. 

Además, deberá abrir sus nombres, puestos, sueldo, currículums y el procedimiento de atención, explicado paso a paso; en caso de ser incompetente para atenderla, funde y motive dicha situación conforme al procedimiento que al efecto dispone la Ley. 

En otro caso, bajo el expediente RR-292/2020, se ordenó que el Poder Judicial del Estado gire oficios a cada uno de los juzgados penales a fin de que respondan cuantas sentencias fueron dictadas en el el año 2014, por el delito de feminicidio. 

Se debe especificar la edad del sentenciado, sexo, lugar de los hechos, cuantas fueron ejecutoriadas, cuantas se encuentran pendientes de sentencia, cuantas absoluciones se registraron, cual fue la pena y el que estado procesal se encuentra, la cual deberá ser enviada a la recurrente en el medio que señaló. 

Por otro lado, fueron aprobados 11 acuerdos de No contestó el requerimiento de la Segunda Fase de Verificación y por lo tanto subsistan los dictámenes de incumplimiento de la Primera Fase de Verificación respecto de los 11 sujetos obligados. 

Incumplidos 

El Itaipue el año pasado determinó que sólo revisaría a menos del 50 por ciento de los sujetos obligados para que cumplan con sus deberes de transparencia. 

La primera fase de la verificación iniciada el 17 de marzo y que concluyó el 15 de mayo de este año, se verificaron a 182 sujetos obligados y solo 13 obtuvieron un dictamen de cumplimiento y 169 de incumplimiento. 

Del total de verificados, 80 sujetos obligados reportaron un porcentaje menor a 60% y 19 obtuvieron un porcentaje de cero por ciento. 

Únicamente el Itaipue da como cumplimiento cuando el sujeto obligado obtiene un porcentaje equivalente al 100% y de incumplimiento, cuando se obtiene un porcentaje menor al cien por ciento. 

Ahora, el organismo garante de la transparencia, dio aviso a los sujetos obligados incumplidos, para que subsanen su situación, por o que serán revisados de nueva cuenta. 

De subsistir el error, será notificado nuevamente y se le otorgarán 5 días hábiles para corregir y si siguen las fallas ya habrá sanciones. 

Desde el 5 de mayo de 2017, sindicatos, partidos, poderes estatales y entes autónomos, entre otros, debieron publicar datos relativos a gastos de publicidad, viáticos, pasajes de servidores públicos, así como sueldos y salarios de quienes los integran. 

La Ley General de Transparencia y Acceso de la Información Pública establece, 48 obligaciones genéricas que deben ser reportadas en la PNT, de lo contrario, habrá sanciones económicas y administrativas.