Mientras los contribuyentes y ciudadanos pasarán por un tormentoso 2017, las autoridades civiles y fiscales pasarán un año de bonanza por el aumento de los gravámenes del Impuesto Especial a Productos y Servicios (IEPS)  y del Impuesto al Valor Agregado (IVA).

El director del despacho de consultores Amaro Reyna y Herrero (ARH), Germán Reyna y Herrero, destacó que el famoso IEPS se irá modificando mensualmente y entre el IV suman 30 puntos porcentuales del valor real de las gasolinas y diésel.

Los contribuyentes y personas que no tributan tienen que pagar a través de sus impuestos, recordemos que en México todos pagan gravámenes. 

Destacó que el pago de cargas impositivas las personas los realiza a través de los diferentes métodos implementados por la autoridad fiscal y el grueso del pueblo mexicano lo realiza cuando compra cualquier producto.

Pero aclaró que los impuestos a las gasolinas no se incrementan obligatoriamente en la misma proporción que el costo de los combustibles en dólares porque el Servicio de Administración Tributaria (SAT) publica unas tablas mensuales que fijan el Impuesto Especial a Productos y Servicios por litro, que nunca es proporcional al precio de la compra.

Destacó que el IEPS en las gasolinas Magna y Premium, así como en el Diésel será “una de las estrellas” de la recaudación fiscal.

“Los estímulos fiscales para los contribuyentes que enajenan gasolinas y diésel del sector pesquero y agropecuario deberán contar con los permisos de la Comisión Reguladora de Energía. El monto total del estímulo fiscal considerando los litros de combustible enajenados a los beneficiados. Las cantidades reintegradas serán el monto del estímulo fiscal correspondiente al mes el que se compensará contra el IEPS”, matizó.

Además advirtió que existirán estímulos fiscales para el sector primario de la economía nacional, así como los transportistas que en el último de los casos podrán deducir hasta el 50 por ciento del pago de las casetas de peaje que usan para el traslado de las unidades por las autopistas de cuota del país.

Consolidación recaudatoria electrónica

Bajo ese horizonte de gravámenes impositivo para la mayoría y positivo solo para algunos, Germán Reyna  precisó que la contabilidad electrónica deberá ser enviada más tardar el 30 abril para aquellos morosos que no aún no la hayan presentado durante el periodo del primero de enero del pasado 2015 al 31 de octubre del 2016 anterior porque de lo contrario enfrentarán multas de cinco mil a 15 mil pesos por omisión o por los errores cometidos al momento de presentarla.

En ese orden fiscal consideró que el 90 por ciento de los contribuyentes en territorio nacional podrán beneficiarse de esta medida para cumplir con sus obligaciones fiscales, “siempre y cuando no hayan promovido amparos porque entonces estarán en problemas con la autoridad”.

Bajo ese esquema, los contribuyentes conocidos bajo el régimen de personas morales podrán deducir sus compras y gastos en lugar del costo de venta. Este aspecto es muy valorado, matizó.

La Ley del Impuesto Sobre la Renta destaca que  para tomar esa opción los ingresos de las personas deberán ser de máximo cinco millones de pesos anuales y se deberá informar puntualmente  al SAT a más tardar el próximo martes 31 de enero para las personas morales que tomen esta opción de acumular sus ingresos conforme los vayan cobrando.

“Las personas morales debieron cumplir con el programa de verificación en tiempo real que implementó el SAT, todos los movimientos los debieron realizar también el 16 de diciembre en los que debieron presentar los avisos y las declaraciones de pago para acceder a los beneficios en materia de diferimiento de pago del impuesto diferido por pérdida de venta de acciones y por tomar un crédito de 50 por ciento del impuesto que correspondía a pérdidas operativas”.

Reyna y Herrero precisó que las auditorias electrónicas para este régimen fiscal 2017 serán de manera masiva para incrementar la captación de impuestos que requiere la Federación, “bajo la apuesta de identificar errores de contribuyentes, omisiones de impuestos y retenciones del impuesto sobre la renta”.

Aconsejó  a las personas físicas y morales blindarse fiscalmente, a través de notificaciones constantes y dando los avisos correspondientes en la compra de bienes muebles e inmuebles, vehículos y joyas, además de otros insumos porque  las investigaciones fiscales comprenden hasta cinco años y ahora las autoridades las hacen rápidamente.