Este 6 de diciembre entró en vigor la Ley de Movilidad y Seguridad Vial, luego de ser publicada en el Periódico Oficial del Estado (POE), tras su aprobación por el Congreso el pasado 16 de noviembre.

Algunos de sus principales puntos para la movilidad asequible, en condiciones de seguridad, accesibilidad, eficiencia, sostenibilidad, calidad, inclusión, modernidad e igualdad, son los siguientes:

Las personas ciclistas deberán contar con estacionamiento seguro en vía pública, en inmuebles públicos y privados; tendrán preferencia sobre el tránsito vehicular cuando circulen por una vía en la que los autos den vuelta a la derecha, al igual que cuando no alcancen a cruzar una vía con el ciclo del semáforo.

Quienes conduzcan vehículos motorizados no podrán circular en reversa más de diez metros, tampoco por banquetas, camellones, andadores y ciclovías; transportar un mayor número de pasajeros de acuerdo con el diseño de la unidad.

También tienen prohibido causar ruido molesto con el estéreo, claxon, motor, escape del vehículo o aparatos resonantes, y circular sin licencia de conducir, sin placas, sin tarjeta de circulación, sin hologramas de verificación y sin seguro de responsabilidad civil por daños a terceros.

Las autoridades estatales y los ayuntamientos podrán regular, restringir y ordenar la circulación de vehículos mediante modalidades al flujo vehicular en días, horarios y vías, de conformidad con los programas y disposiciones legales aplicables, con el objeto de mejorar las condiciones ambientales, de salud y de seguridad vial.

Con la entrada en vigencia de la Ley de Movilidad y Seguridad Vial quedó abrogada la Ley de Vialidad para el Estado Libre y Soberano de Puebla, que data de 2012.

Por su parte, los ayuntamientos tienen hasta 180 días para realizar las adecuaciones necesarias a la normatividad y demás ordenamientos en el ámbito de su competencia, a fin de garantizar el cumplimiento de la legislación.

En tanto, el titular del Poder Ejecutivo del Estado expedirá los reglamentos de la ley en materia de movilidad y de seguridad vial, mientras, se seguirá aplicando el Reglamento de la Ley de Vialidad para el Estado Libre y Soberano de Puebla.