El juez cuarto de Distrito en Materia de Amparo con sede en el Distrito Federal le ordenó a la Procuraduría General de la República (PGR) precisar las acusaciones y corregir violaciones al debido proceso seguido en contra de la expoderosa Elba Esther Gordillo y sus coacusados: José Manuel Díaz Flores e Isaías Gallardo Chávez.
La petición a la PGR es resultado de tres amparos concedidos por el juez Francisco Javier Sarabia Ascencio a los imputados, a quienes la PGR consignó penalmente en febrero pasado bajo las acusaciones de delincuencia organizada y lavado de dinero por mil 978 millones de pesos del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE).
De acuerdo con el juez, el auto de formal prisión dictado por el juez Alejandro Caballero Vertiz en contra de los acusados incumplió “los requisitos de forma” en el cargo de violación a la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, debido a que no precisó ni las características del delito cometido ni las circunstancias “de lugar, tiempo y modo” de la conducta atribuida a cada uno de los indiciados.
La misma falla le atribuye en las acusaciones de operaciones con recursos de procedencia ilícita y violación a la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada.
El juez de distrito concedió esos dos amparos por considerar que esas fallas afectan el fondo de la acusación sobre operaciones con recursos de procedencia ilícita, por lo que el Ministerio Público federal tendrá que fundamentar y motivar sus acusaciones.
Afectada la imagen del Poder Judicial por los amparos de exoneración y libertad concedidos respectivamente a Raúl Salinas de Gortari, el hermano incómodo, y al exjefe del desaparecido Cártel de Guadalajara, Rafael Caro Quintero, al informar sobre los amparos el Consejo de la Judicatura Federal puso énfasis en que esos recursos no implican que el juez Caballero Vertiz “tenga que dictar auto de libertad”.
El tercer amparo fue concedido porque en el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita, la PGR no esperó a que hubiera una denuncia de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, toda vez que para cometer el delito que se les imputa los acusados debieron utilizar el sistema financiero mexicano.
Esa deficiencia técnica, dijo el amparista, es atribuible al Ministerio Público al momento de realizar la averiguación previa y representa una vulneración al derecho humano del debido proceso.
La PGR tiene 10 días para impugnar el amparo. En tal caso, un tribunal colegiado revisará la concesión de los amparos. Si la ratifica, el juez Alejandro Caballero Vertiz tendrá que emitir un nuevo auto de formal prisión con las correcciones solicitadas a la PGR.