La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inválida una medida que crearía en México un polémico Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil con datos biométricos.
El padrón, conocido como Panaut, que incluiría huellas dactilares o biometría ocular, fue declarado inconstitucional por nueve magistrados. Dos más votaron por declarar la invalidación parcial.
Una ley aprobada en 2021 estableció que los usuarios iban a tener que entregar sus datos personales a las compañías de telefonía móvil y que el regulador del sector, el IFT, debía solicitar a esas empresas la cancelación de las líneas que no fueran identificadas o registradas.
La creación del Panaut se suspendió tras enfrentarse a la oposición de IFT y el organismo nacional de transparencia y protección de datos personales, el INAI. El gobierno argumentaba que el padrón era necesario para reducir los delitos de extorsión y secuestro.
Con información de Excélsior.