La diputada Denisse Ortiz Pérez presentó en el pleno del Congreso una iniciativa para reformar los códigos Civil y de Defensa Social del Estado de Puebla para que se sancione a los deudores alimentarios.
Expresó que este registro funcionaría como un instrumento de apoyo en los procedimientos jurídicos por alimentos, además de ser un mecanismo de presión social y civil para responsabilizar a los padres que incumplen con sus obligaciones y violentan los derechos de niños y adolescentes.
Denisse Ortiz advirtió que este problema de pensión alimenticia va en aumento ya que el número de divorcios se incrementa y son los hijos quienes deben de recibir esta ayuda. Comentó que en la reforma se anexa el artículo 521 bis para crear el registro, mismo que tendrá el nombre y apellido del moroso junto con la Clave Única del Registro de Población, nombre del acreedor o acreedores alimentarios, número de pagos incumplidos y monto del adeudo alimentario entre otros.
La diputada comentó que será el Registro Civil el que tenga a su cargo el listado, y será a los 90 días de incumplir cuando se publique el nombre del moroso.
Cárcel a padres irresponsables
Mientras la fracción legislativa del Partido de la Revolución Democrática (PRD) presentó una iniciativa de ley para reformar el Código de Procedimientos Penales para castigar hasta con dos años de prisión a los padres que dejen abandonados a sus hijos o se nieguen a proporcionarles la pensión alimenticia; la medida incluye no sólo al hombre, sino también a la mujer. El coordinador de la fracción, Antonio Gali López declaró que es una medida para proteger a los menores que son abandonados, ya que en ocasiones los dejan al cuidado de un familiar o amigo, pero se desentienden de proporcionales la alimentación.
El legislador expresó que esta iniciativa contempla también a quienes dejan a sus hijos en la vía pública, bajo explotación infantil, una realidad que se ve en los cruceros.
Advirtió que se presentan casos de quienes intentan colocarse en una situación de insolvencia económica para no cumplir con sus obligaciones, por eso se propone la reforma.
Gali López leyó la reforma: “Artículo 247 bis. El que dolosamente se coloque en estado de insolvencia o simule un acto jurídico con el objeto de eludir el cumplimiento de las obligaciones alimentarias que la ley determina, se le impondrá pena de prisión de seis meses a dos años. El juez resolverá la aplicación de los ingresos que reciba el deudor alimentario a la satisfacción de las obligaciones alimentarias de éste.”