La renovación del Instituto Electoral del Estado, del Tribunal Electoral del Estado de Puebla y del Tribunal Superior de Justicia del Estado, decisiones tomadas por el Congreso local, lo ha puesto en entredicho por la falta de criterios claros y la designación de funcionarios ligados al poder estatal, lo que podría incidir en la autonomía de estos organismos o poderes

Aunado a lo anterior, el revés de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que echó abajo la duplicidad de tablas catastrales de los municipios de Puebla y de San Andrés Cholula, aprobado por el congreso para el año fiscal 2012. Y ahora en sala de espera la acción de inconstitucionalidad de la “ley Mondragón”, aprobada fast track por el Congreso el pasado 3 de septiembre, durante la pugna entre morenovallistas y panistas históricos, acción que de resolverse en los próximos días evidenciaría otro yerro legislativo generado por la premura y la ausencia de un trabajo legislativo.

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Además, la reciente selección del comisionado de la CAIP, Federico González Magaña y de su suplente, Norma Estela Pimentel Méndez, tampoco agradó a las organizaciones especializadas en transparencia y acceso a la información. La CAIP Ciudadana cuestionó el nombramiento de la dupla afirmando que se coloca en riesgo la independencia de la CAIP, ya que en 2010 González Magaña respaldó la campaña de Rafael Moreno Valle a la gubernatura.

“Con la decisión tomada por la mayoría de las y los diputados del Congreso de Puebla se pone en riesgo la independencia de la CAIP. Federico González Magaña apoyó en 2010 la candidatura del hoy titular del Ejecutivo estatal. Por lo anterior, nos preocupa que a la luz de lo ocurrido con la renovación del Instituto Electoral del Estado, del Tribunal Electoral del Estado de Puebla y del Tribunal Superior de Justicia del Estado.”

Las organizaciones Asociación Mexicana de Derecho a la Información (Amedi) Puebla, Colectivo por la Transparencia, Fundar, Centro de Análisis e Investigación, México Infórmate y Puebla Vigila, cuestionaron a González Magaña:

“Estaremos atentas al desempeño del C. Federico González Magaña.”

Las organizaciones han señalado que se ocuparon criterios que permitieron la selección de gente sin experiencia en el tema de la transparencia: “Entre los nueve aspirantes que comparecieron el pasado 4 de diciembre había mejores perfiles para ocupar el cargo de comisionado(a) de la CAIP. Nos sorprende que la mayoría de las y los diputados del Congreso de Puebla haya designado como nuevo comisionado propietario a una persona que se ha distinguido por su experiencia en materia electoral y de protección al medio ambiente. De igual modo, nos llama la atención la designación de la C. Norma Estela Pimentel Méndez como su suplente, quien se ha destacado por su especialidad en materia fiscal y de promoción a la cultura de la legalidad. La transparencia y el acceso a la información pública no son sus áreas de experiencia.”

Las acciones de inconstitucionalidad
En ese mismo sentido, el Congreso local vive momentos en los que su actuación ha sido cuestionada. Esta semana la SCJN echó abajo la duplicidad de tablas catastrales de los municipios de Puebla y de San Andrés Cholula. El municipio de Puebla había presentado una acción de inconstitucionalidad contra la duplicidad de tablas catastrales, medida aprobada por el Congreso local, misma que fue revocada por la Suprema Corte.

Una vez que se conoció el fallo de la SCJN, el presidente de la Junta de Coordinación Política, Salomón Escorza, justificó el yerro. “Todas las acciones de las soberanías locales la Suprema Corte lleva a cabo fallos a favor o en contra, de ahí que tuvo fallo donde el Congreso sale corregido por la Suprema Corte y no pasa nada, se vive en un país de instituciones; simplemente define que las tablas válidas son la del municipio de Puebla”.

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Sin embargo, ésta no es la única medida que podría ser revocada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Ya que la denominada “ley Mondragón”, aprobada el pasado 3 de septiembre por el Congreso local en una sesión fast track también es otro punto vulnerable para la actual legislatura, a pesar de los parches que los diputados locales le han querido colocar a la Ley Electoral que pospuso el inicio del proceso electoral 2013.

El único legislador que se ha opuesto a los “parches legislativos” sobre esta legislación electoral fue Juan Carlos Espina von Roehrich.

“La solución es clara, es necesario que la Suprema Corte de Justicia de la Nación resuelva la acción de inconstitucionalidad planteada, para que posteriormente se declaré la inconstitucionalidad del decreto de fecha 3 de septiembre de 2012 y sean expulsadas del sistema jurídico las normas que van en contra de la Constitución federal y del principio de jerarquía normativa. Esta legislatura —si así lo decide— realice las reformas, de manera ordenada, sin violentar la jerarquía normativa que debe prevalecer en el estado, observando primero la Constitución federal y posteriormente la Constitución de nuestro estado.”

Además, el legislador panista ha planteado que la Ley Electoral fast track o “ley Mondragón”, incurre en vicios de origen. “Si un acto o diligencia de la autoridad está viciado y resulta inconstitucional todos los actos derivados de él o que se apoyen en él, o que en alguna forma estén condicionados por él, resultan también inconstitucionales por su origen y los tribunales no deben darles valor legal, ya que de hacerlo por una parte alentarían prácticas viciosas, cuyos frutos serían aprovechables por quienes las realizan y, por otra parte, los tribunales se harían en alguna forma partícipes de tal conducta irregular, al otorgar a tales actos valor legal.”

Espina ha sostenido la tesis de que ningún parche legislativo salvará la inconstitucionalidad de la reforma electoral fast track:

“Si un acto de la autoridad está viciado y resulta inconstitucional, como lo es el decreto de fecha 3 de septiembre de 2012.

”Todos los actos derivados de él o que se apoyen en él, o que en alguna forma estén condicionados por él resultan también inconstitucionales por su origen, como lo son todas las reformas que se han realizado incluyendo las propuestas el día de hoy, precisamente porque tienen una relación directa con el primer acto que resulta inconstitucional.

”Por tales circunstancias, la Suprema Corte de Justicia de la Nación no les otorgará validez a las reformas propuestas el día de hoy, ni a las anteriores relacionadas con el decreto de fecha 3 de septiembre de 2012 porque de hacerlo alentaría prácticas viciosas aprovechables por quienes las realizan, pero además porque se harían partícipes de tales conductas irregulares.

”El motivo anterior no es el único por el que siguen resultando contrarías a la Constitución federal las reformas propuestas, sino porque como se los había adelantado no fue respetada la jerarquía normativa interna. Lo anterior porque no se puede considerar a la Constitución de una entidad federativa como cualquier ley, sino por el contrario la Constitución de una entidad federativa también es norma fundante del sistema jurídico que existe en el estado, ya que considerar lo contrario —tal como ocurrió— llevaría al absurdo de modificar cualquier ordenamiento jurídico sin respetar y privilegiar la norma que otorga cohesión y orden a todo el sistema jurídico de la entidad federativa, situación que también rompe con el sistema jurídico federal.”