El Panal coló en la sesión de la Comisión Permanente una iniciativa de ley para sancionar de manera penal y civil a quienes una vez que obtengan información pública de los sujetos obligados la ocupen con propósitos de “lucro o ilícitos”.

La iniciativa generó un debate entre los periodistas, el diputado propinante de la iniciativa y especialistas en transparencia en redes sociales, quienes le exigieron al diputado que aclarara los alcances de la ley.

A pesar de que en la actual Legislatura se modificó la Ley de Transparencia, los sujetos obligados han ocupado en la práctica diversas tretas para frenar la entrega de información pública. Una de las preocupaciones de reporteros que cuestionaron al legislador del Panal se dirigió al efecto de la iniciativa dado que reporteros obtienen información pública de manera legal de los sujetos obligados y lo publican en medios de comunicación social que también son empresas.

A principios de la actual Legislatura, en febrero del 2011, luego de una polémica entre diputados y periodistas, se aprobó la despenalización de los delitos de difamación y calumnia. Pasando dicho delito de lo penal a lo civil al aprobarse el delito de “daño moral”.

El legislador del Partido Nueva Alianza Enrique Nácer, a pesar de los cuestionamientos, no aclaró el sentido de su iniciativa ni su origen. Además, tampoco aclaró cómo esta medida amplía la publicidad de la información de los sujetos obligados. Nácer negó que la iniciativa se dirija en contra de los medios de comunicación que solicitan información pública de los sujetos obligados.

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En sesión de la Comisión Permanente, durante asuntos generales, el diputado Enrique Nácer presentó una iniciativa por la que se adiciona un párrafo al artículo 54 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, para que el manejo y uso de la información que los solicitantes obtengan de los sujetos obligados no sea utilizada con fines de lucro o ilícitos. Ante el quebranto a esta disposición, se promoverá la aplicación de las disposiciones penales civiles y administrativas pertinentes. El punto se turnó a las Comisiones de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Transparencia y Acceso a la Información.

En dos entrevistas que se le realizaron al diputado Enrique Nácer, el representante popular intentó justificar su iniciativa. Pero el legislador local confundió la terminología mínima de la Ley de Transparencia.

El legislador, ante los cuestionamientos sobre su iniciativa, rechazó que ésta fuera dirigida en contra de los medios de comunicación que solicitan información pública.

—¿Su reforma se refiere a datos personales o a información pública?
—Lo único que hay que interpretar es que nadie puede utilizar con fines de lucro la información que se obtiene vía transparencia.

—¿Está poniendo sanciones para esto?

—Bueno, estoy poniendo al final que deberá ser castigado de acuerdo a las leyes vigentes a quienes utilice con fines de lucro éste...

—¿Nada más sanciones económicas o cárcel?

—No, no, no. No es el tema; yo puse penales, de la gente que utilice con fines de lucro, y fines de lucro no tiene que nada ver con la información que ustedes generan.

—¿Por que presenta esta iniciativa? ¿Qué la justifica?

—He estado haciendo un análisis de varias leyes. Y éste, en lo que he considerado que es necesario por asuntos que han sucedido en algunos momentos, es que generó esta información. Por ejemplo, la venta de la información del IFE, ¿no? Es muy común que se vendan este tipo de bases. A eso me refiero.

—¿Qué pasa si pides una información en trasparencia y es para tu periódico, y el periódico se vende?

—Bueno, a ver, es que ese no es el sentido, yo les estoy diciendo a que utilice con fines de lucro la información. Y ustedes, por ejemplo, la información que tiene el IFE es una información reservada, y a veces la utilizan con fines de lucro algunas personas.

—¿Como los partidos políticos, para hacer campaña?

—Exactamente, exactamente a eso me refiero…

—La ley de datos personales que se aprobó ¿no es suficiente para preservar la integridad de la información?

—Ese es un punto de vista que yo estoy presentando.

—Usted la presenta de manera general con la palabra información, no con datos persona…

—Exactamente (...) yo no puse datos personales, sino quien use con fines de lucro la información.

—¿Eso no podría malinterpretarse?

—No sé, les he comentado que la información utilizan a la mejor, este, del IFE, todos los nombres y los datos de las personas que están registradas en el Instituto Federal Electoral, por ejemplo.

—¿Algo que ya ha sucedido que lo lleve a presentar la iniciativa?

—No, es sólo es un análisis.

—¿Qué sería el lucro?

—Que vendiéramos la información y esa información afectase a los involucrados.

—Pero, ¿cómo se vende la información?

—Hay veces que hay cadenas, las del IFE, las del IFE que venden la información, para que te estén llamando a tu domicilio y estén promocionando algo, por ejemplo.

—¿No tendría nada que ver con que toda la información que todos los reporteros consiguen por transparencia se publique?

—No es ese el tema.

—¿Bases de datos de bancos?

—A eso específicamente me refiero.

—Pero son datos personales, no es información pública.

—Bueno, ese es el sentido que yo le estoy dando a la iniciativa. Seguramente, a la hora que las comisiones estén discutiendo la iniciativa, si es que llegaran a aprobarla, pues modificarán esa inquietud que ustedes tienen.

—¿Cómo no interpretar el lucro con las actividades que desarrollan los medios de comunicación? Los medios venden material informativo a través de la venta de periódicos…

—Reitero que ese no es el fin, sino el ejemplo que habíamos comentado hace unos momentos.

—Pero se está hablando de lucro, ¿no se podría interpretar así?

—A la mejor ustedes lo están interpretando de esa manera. Pero no es el tema. Es como lo señalo, que nadie esté vendiendo la información para tener un lucro personal.

—A nivel federal existe una ley que castiga estas acciones, ¿no está por demás la iniciativa que acaba de presentar?

—Y también en el estado se castiga. No es el tema. Ahora que los diputados lo analicen en comisiones le harán lo que ellos crean conveniente para que no se genere esa manifestación que ustedes señalan.

—¿Lo que usted propone se fundamenta en alguna reforma federal?

—No, es una apreciación que tengo y en esa razón lo estoy proponiendo.

—Además del caso del IFE, ¿en qué otros casos se presenta este problema?

—Ese es específicamente lo que me dio origen para poder hacerlo.
—¿No hay otro caso?

—No (...) tengo un volumen de cosas que cada vez que las tengo terminadas las presento.

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El legislador del Partido Nueva Alianza, a pesar de los cuestionamientos, no aclaró el sentido de su iniciativa ni su origen. Además, el legislador local no aclaró cómo esta medida amplía la publicidad de la información de los sujetos obligados.


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Artículo 54 
La obligación de dar acceso a la información se tendrá por cumplida en los siguientes casos:
I. Cuando se le haga saber al solicitante que la información no es competencia del Sujeto Obligado, no existe o es de acceso restringido;
II. Cuando se le haga saber al solicitante la dirección electrónica completa o la fuente en donde puede consultar la información solicitada que ya se encuentre publicada;
III. Cuando la información se entregue, de ser posible, en el medio requerido por el solicitante, siempre que se cubran los costos de reproducción;
IV. Cuando la información se entregue por el medio electrónico disponible para ello; y
V. Cuando la información se ponga a disposición del solicitante para consulta directa.


El antecedente
En febrero del 2011, luego de una álgida discusión entre diputados y periodistas, se aprobó la despenalización de los delitos de difamación y calumnia, pasando dicho delito de lo penal a lo civil al aprobarse el delito de “daño moral”.

Los diputados aprobaron que el monto máximo de la sanción por “daño moral” sea de 3 mil días de salario mínimo, es decir, 170 mil 100 pesos, de acuerdo con el tabulador 2011 para la zona C. La iniciativa de ley fue conocida como la “rafamordaza”.