Actos dilatorios en entrega de información de parte de Puebla Comunicaciones hizo que la comisionada de Acceso a la Información Pública (CAIP) Blanca Lilia Ibarra Cadena; se enfrentara al presidente del organismo, Javier Fregoso Sánchez.
El comisionado presidente sobreseyó un recurso de revisión supuestamente porque ya estaba entregada en su totalidad la información; sin embargo, Blanca Lilia Ibarra hizo ver la serie de irregularidades que se incurrieron en el proceso, no sólo por la dependencia estatal, sino también por el órgano garante.
Pero por enésima ocasión fue “mayoriteada” por sus compañeros comisionados para sobreseer un asunto relacionado con la entrega de información de los gastos en medios de comunicación por parte del gobierno estatal.
La controversia del asunto fue generada tras una solicitud de información de Intolerancia Diario, la cual se realizó desde el mes de abril y hasta ocho meses después se dio el resolutivo.
Cabe destacar que la información si fue entregada, pero a cuenta gotas, mediante contradicciones, argucias dilatorias y violando los tiempos establecidos por la ley de transparencia, lo que fue solapado por la misma CAIP.
El 23 de abril, Intolerancia Diario solicitó a Puebla Comunicaciones los pagos que se han hecho en la actual administración gubernamental a los distintos medos de comunicación, desglosados por mes y empresa.
La dependencia puso la información in situ o a disposición, por lo que el recurrente tuvo que acudir a las oficinas de la dependencia a recoger los datos solicitados.
Por lo tanto, la primera queja fue el cambio de modalidad de entrega sin justificar la causa, como lo marca la Ley de Transparencia.
Sin embargo, en su proyecto, Javier Fregoso desechó esta queja al señalar que al ir a recogerse la información se estaba consintiendo el acto.
Fue hasta el 31 de octubre cuando se recibió ampliación de información y se reviso la información, y el 26 de noviembre la CAIP inspeccionó los datos en datos las facturas de 127 fojas, donde se encontraron 333 facturas por comunicación social.
Por lo tanto, el comisionado presidente, Javier Fragoso, señaló que al no haber queja de la información entregada al recurrente, puso a consideración de sus compañeros de sobreseer el expediente.
Al tomar la palabra, Blanca Lilia Ibarra señaló que le preocupa mucho el tema de las ampliaciones en la entrega de información, por lo que solicitó a la CAIP nuevamente que se acelere el proceso de normar este tipo de acciones que están dilatando la entrega de información.
Indicó que en este caso, por las ampliaciones sucesivas, una en septiembre y dos en octubre, se excedió el plazo del plazo en la ley de transparencia, la que dicta que se debe resolver en 30 días hábiles, pudiendo ampliar por otro tiempo igual la resolución.
Sin embargo, dijo, en las constancias que obran se advierte que el 4 de julio empezaron a correr los primeros 30 días de la solicitud de abril y el 30 de agosto nuevamente, por lo que para resolver se tenía que hacer el 14 de octubre.
“A esa fecha eran ya los 60 días máximos, pero por ampliaciones han pasado 40 días hábiles más, por lo que la resolución se extendió a 100 días hábiles y no en los 60 que marca la ley. Estamos resolviendo fuera del plazo legal”, sentenció.
Posteriormente, enumeró una serie de contradicciones en las respuestas del sujeto obligado, ya que en un primer momento señaló que para el año 2011 no hubo pago alguno a medios de comunicación, pero en la última de las ampliaciones se observó en la diligencia las facturas en 127 fojas, es decir, sí hubo erogaciones.
Asimismo, en 2012 señalaron que hubo solo una empresa a la que se le pagó por sus servicios, pero al final se advirtieron 333 facturas de diversas empresas.
Y en 2013 indicaron que sólo había dos empresas a marzo, pero finalmente se advierten más de 40 empresas beneficiadas: “En este mismo año, resulta relevante que dan 80 beneficiarios a marzo, pero en la tercera ampliación únicamente advierte 56 beneficiados”.
Posteriormente, señaló Blanca Lilia que no hubo un desglose manera mensual, sino que el sujeto obligado alegó que sólo lo tenía de manera anual.
Pero indicó que el sujeto obligado debe tener, por independencia, la documentación comprobatoria, por gasto desglosado, marcado en la ley general de contabilidad gubernamental, por lo que debe contar con ese dato mensual.
Finalmente, hizo un comparativo de un recurso de revisión similar el 145/BUAP/2013, donde el mismo comisionado Javier Fregoso realizó una resolución contradictoria a la de Puebla Comunicaciones.
En esa ocasión, ordenó a la Universidad Autónoma de Puebla (UAP) entregar la información de gastos a medios de comunicación por mes y medios contratados, señalando la misma ley general de contabilidad. Pero en esta ocasión no lo hizo.
“Su ponencia determinó que en ese momento el sujeto obligado debería tener la información, revocó la respuesta (…) la misma recae en los mismos supuestos, por lo que el sentido de mi voto es en contra”, fue la sentencia de Blanca Lilia.
La defensa
En respuesta a Blanca Lilia Ibarra, Javier Fregoso señaló, a grandes rasgos, que en esta ocasión Puebla Comunicaciones entregó la información sin inconformidad del solicitante y repitió gran parte de su proyecto.
Indicó que respecto a las contradicciones en las respuestas, la CAIP trae a colación el principio de veracidad en el cumplimiento de transparencia y la buena fe debe serlo de las partes.
En cuanto a la ley notarial, indicó que en la CAIP no hay facultad para hacer valer una ley diferente a la de acceso a la información o transparencia.
Mientras que en el comparativo con la resolución del caso de la UAP, indicó que en aquella ocasión el solicitante pidió el monto de partida, mes y medio, pero la respuesta fue un número anual, no se dieron detalles, en el asunto en concreto se puso in situ.
Por su parte, el comisionado Federico González Magaña indicó que finalmente quedó a salvo el derecho del solicitante, quien no hizo ninguna manifestación en contra de la información, por lo que apoyaba el proyecto del comisionado presidente y finalmente con dos votos a favor y uno en contra se sobreseyó el asunto.