En una rápida votación donde sólo los partidos Movimiento Ciudadano, del Trabajo y el Verde votaron en contra, los legisladores aprobaron la “Ley para proteger derechos humanos y que regula el uso legítimo de la fuerza por parte de los elementos policiales del estado de Puebla”, así como otros documentos, entre ellos la Ley de Asistencia Privada.
Con 32 votos a favor y cinco en contra, los legisladores aprobaron la iniciativa envida por el ejecutivo del estado, que permite el uso de armas de fuego en las manifestaciones.

Al ponerse a consideración esta “Ley para proteger los derechos humanos y regular el uso legitimo de la fuerza por parte de las instituciones policiacas”, el grupo parlamentario del PRI dio su posicionamiento en voz del diputado Sergio Céspedes Peregrina, defendiendo el documento. 

Sobre dicha ley, reiteró: "No es una licencia para reprimir o limitar el derecho a manifestarse, sino regular el uso de la fuerza legal de los cuerpos policiacos a fin de que no abusen de la autoridad depositada en ellos". 

Asimismo, Céspedes Peregrina llamó a los actores políticos a ser autoridad y no ser autoritarios, por el bienestar de los gobernados. 
“El estudio a dicha ley que hemos hecho los priistas, constatamos que protege a manifestantes de ataques de terceros y viceversa; se preserva el Estado de derecho, se consideran sanciones civiles o penales que surjan con la indebida aplicación del marco legal y se castiga a los mandos superiores cuando la aplique la misma”.

En la sesión por unanimidad y mayoría de votos se aprobaron por el pleno del Congreso las iniciativas de ley y las reformas a diversos ordenamientos enviados por el titular del Ejecutivo, Rafael Moreno Valle Rosas, por lo que en la mayoría se estipulan entre 120 y 180 días para elaborar los reglamentos para la aplicación de las nuevas leyes, mismas que fueron envidas la semana pasada. 

Las cuatro leyes aprobadas por la Soberanía fueron: “Ley para proteger los derechos humanos y regular el uso legitimo de la fuerza por parte de las instituciones policiacas”, “Ley para prevenir, investigar y sancionar y en su caso erradicar la tortura en el estado de Puebla#, #Ley para protección de víctimas para el Estado de Puebla y la “Ley de instituciones de asistencia privada para el estado”.

En la sesión extraordinaria, los diputados por unanimidad aprobaron reformas a la Ley Organiza del Poder Judicial del Estado, a las Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Estado y al Código Penal del Estado.

Durante la sesión, con 37 votos a favor, los legisladores avalaron reformar la Ley de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil del Estado de Puebla; con la finalidad de hacer efectiva la procuración de los derechos contenidos en la ley mencionada, se propone que el estado y los municipios integren un consejo estatal que tenga por objeto la coordinación de instrumentos, políticas y acciones interinstitucionales en materia de prestación de servicios para la atención, cuidado y desarrollo integral infantil en el estado.

Asimismo, por votación unánime, se aprobó reformar la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, la cual tiene por objeto cambiar de región judicial al Distrito de Tetela, de Región Oriente a la Norte, además se actualiza el que las atribuciones de autoridades judiciales —que serán las previstas al Código Nacional de Procedimientos Penales y, en su caso, en el Código de Procedimientos Penales para el Estado, en la ley de la materia.

Por unanimidad, el pleno del Poder Legislativo acordó reforma la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Puebla, a fin de incrementar la duración en el cargo del presidente de la Comisión de Derechos Humanos del Estado a cinco años, por ser un plazo más adecuado para la función, homologándose con el del nivel federal y con ello intensificar el fortalecimiento de esta comisión, generar mejor eficiencia y continuidad en sus programas y procedimientos.

Mientras con 36 votos a favor y una abstención, esta Soberanía aprobó la Ley de Protección a las Víctimas para el Estado de Puebla, la cual provee a las víctimas de los instrumentos legales que les permitan ejercer sus derechos de forma eficiente, de tal forma que prevalezcan sus requerimientos de seguridad, reparación y justicia.

Finalmente, con 37 votos a favor, los integrantes de la LIX Legislatura del estado avalaron “Ley para prevenir, investigar, sancionar y, en su caso, erradicar la tortura en Puebla, la cual tiene por objeto instruir a los agentes del Ministerio Público, a los peritos médicos legistas y demás personal de la Procuraduría General de Justicia respecto de la aplicación del dictamen médico/psicológico especializado para casos de posible tortura y/o maltrato en cualquier persona que alegue dichos abusos, así como establecer las directrices institucionales que rigen su implementación, de conformidad con el Manual para la investigación y documentación eficaces de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, en el marco del Protocolo de Estambul.

Tome nota
“Artículo 10.- Se considera legítima defensa, en el caso de uso de armas de fuego o de fuerza letal, cuando exista agresión real, actual o inminente que ponga en peligro la vida o la integridad física; que implique lesión grave, además de racionalidad y proporcionalidad en los medios empleados, para la defensa  de la vida y la integridad física.

”Fuera de esos casos, no se tendrá justificada la legítima defensa haciéndose acreedor el elemento policial a las sanciones penales y administrativas que correspondan.”