Luego que el juez cuarto de distrito notificó de manera oficial al Congreso del estado de Puebla la resolución a favor de dos ciudadanos que interpusieron un amparo para quedar exentos en la aplicación de la Ley de Derechos Humanos y que Regula el Uso Legítimo de la Fuerza Pública por parte de los Elementos de las Instituciones Policiales en Puebla, la regidora María Esther Gámez Rodríguez afirmó que aunque en ese caso todavía no se puede aplicar jurisprudencia: “Lo que sí pueden hacer otros ciudadanos que se sientan afectados por la normatividad es seguir el mismo procedimiento, eso sí pueden hacerlo porque, como fueron amparos individuales, solamente los protege a ellos, a quienes interpusieron la demanda”.
Y es que la notificación oficial del Juzgado Cuarto de Distrito que deja exentos a los dos ciudadanos de la llamada “ley Bala” también deja abierta la posibilidad de revisar de nueva cuenta los registros civiles: “Porque se percibe que es algo que no han terminado de resolver y le corresponde al Estado hacerlo porque, finalmente, lo que hace el Estado con ese servicio es retomar sus obligaciones, pero no funciona todavía porque no existe la papelería correspondiente”, dijo Gámez Rodríguez, quien afirmó que el proceso todavía no está concluido.
Afirmó que “no se está cumpliendo con el proceso” porque la autoridad estatal lo retoma pero no lo ejecuta, entonces recordó que, por un acuerdo de la Secretaría General de Gobierno, se autoriza que lo apliquen los presidentes municipales y sean ellos quienes lo lleven a las juntas auxiliares.
El problema que encuentra la regidora del partido tricolor es que el gobierno de Puebla tuvo 5 meses para generar las condiciones para que el Registro Civil funcionara en su totalidad: “La reforma de ley tiene una fracción que tiene que reformar el Congreso del estado, que es una función del Estado que le corresponde a la Secretaría General de Gobierno y que ejecuta la Dirección General del Servicio Civil, pero que no está en funciones”.
Por eso, la regidora del PRI reveló que dentro de la Ley Orgánica Municipal hay un reglamento que todavía no es modificado: “Y dice que los presidentes de las juntas auxiliares son jueces del Registro Civil de las personas por ministerio de ley, eso no lo han reformado”. De tal forma que, desde su perspectiva jurídica, la reforma está incompleta porque reiteró que “no reformaron el reglamento y reformar definitivamente un artículo del Código Civil, pero hasta ahí se quedó”.