La presidenta de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, Vianey García Romero, advirtió que la anterior legislatura dejó en la congeladora cuatro iniciativas para legalizar el matrimonio igualitario, mismas que se fusionarán con las propuestas que presentó el PRI, y la que hará llegar Morena en los próximos días.

Dijo que en “la congeladora legislativa” hay cuatro iniciativas que fueron depositadas por los diputados anteriores en las que buscaron reformar el Código Civil de Puebla para formalizar la unión gay por la vía civil.

Recordó que en la última sesión la diputada del Partido Revolucionario Institucional (PRI), Rocío García Olmedo, entregó una propuesta que va en el mismo sentido y busca el reconocimiento legal del matrimonio igualitario y el concubinato.

Expresó que en el trabajo que están realizando en la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales se pretende unificar todas las propuestas para generar un dictamen jurídicamente bien sustentado.

García Romero confío que antes que concluya el primer año de trabajo legislativo en el Congreso de Puebla se concrete esta reforma al Código Civil para que las parejas del mismo sexo puedan contraer matrimonio por la vía civil.

En entrevista el ex diputado local sin partido en la anterior legislatura Julián Peña Hidalgo señaló que en diciembre de 2016 presentó el documento que tiene como finalidad poner nuevamente en la mesa del debate el reconocimiento del matrimonio igualitario para todas las personas sin distingo de su preferencia sexual.

Dijo que el documento nunca fue discutido en comisiones, simplemente se mandó a la congeladora, como se acostumbró en la pasada legislatura

Aclaró que  independientemente de las creencias religiosas o morales que se tengan, de la propia opinión que respecto a las uniones homosexuales se tenga, los diputados son representantes populares, son legisladores y como tales deben  crear normas para hacer una convivencia armónica, pero sobre todo observar los derechos humanos y hacer que estos sean observados por el resto de la población hacia sus congéneres.

Advirtió que en el Estado de Puebla la falta de reconocimiento social y jurídico al derecho de las personas LGBTTTI para legitimar la vida en pareja, constituye una agresión al desarrollo integral, pleno y armónico de las personas consigo mismo y con la sociedad, ya que a decir de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos: Los Derechos Humanos son el conjunto de prerrogativas sustentadas en la dignidad humana, cuya realización efectiva resulta indispensable para el desarrollo integral de la persona.

Explicó que en el documento que presentó hace dos años se propone también reformar siete artículos del Código Civil del Estado de Puebla y se toca el tema del concubinato para dar protección a los hijos, además se crean derechos después de dos años continuos de vivir juntos.
 La iniciativa de 2015

La ex diputada Socorro Quezada Tiempo, recordó que en sesión pública ordinaria en el mes de junio de 2015, presentó iniciativa para modificar los artículos 294 y otros que son concernientes a matrimonio igualitario y nunca sesionaron las comisiones involucradas para ello.

Recordó que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la recomendación general 23, dirigida a los titulares de los poderes ejecutivos y a los órganos legislativos de todas las entidades federativas del país, sobre el “matrimonio igualitario”, con el fin de que adecuen los correspondientes ordenamientos en materia civil y/o familiar, para permitir el acceso al matrimonio a todas las personas y en condiciones tales que se impida cualquier tipo de discriminación, en términos del quinto párrafo del artículo primero de la Constitución General de la República.

Precisó que la aprobación de los matrimonios entre personas del mismo sexo en la legislación local no se encuentra a discusión una vez que ya existe la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

La iniciativa

Artículo 294 bis.

El matrimonio igualitario es un contrato civil por el cual dos personas humanas se unen en sociedad para ayudarse en la lucha por la existencia, contrayendo derechos y obligaciones inherentes al mismo. 

Artículo 297.

El concubinato es la unión de hecho entre dos personas, que estando en aptitud de contraer matrimonio entre sí, no lo han celebrado en los términos que la Ley señala y hacen vida en común de manera notoria y permanente, situación que sólo podrá demostrarse si han procreado hijos o han vivido públicamente como conyugues durante más de dos años continuos.