A pesar del daño que genera la difusión de noticias falsas, sobre todo en época de pandemia, el grupo de diputados denominados “Somos Seis, Puebla nos Mueve”, presentaron una iniciativa para derogar el artículo 165 del Código Penal del Código Penal del Estado de Puebla que sanciona hasta con 12 años de prisión a quien incurra en ésta práctica, presuntamente por violar los derechos humanos, y la libertad de expresión.

Luego de que se aprobara la reforma en el tercer período ordinario de sesiones del Segundo Año Legislativo, el grupo conformado por Uruviel González Vieyra, Representante del Partido Compromiso por Puebla; Carlos Alberto Morales Álvarez y Alejandra Guadalupe Esquitín Lastiri, del Partido Movimiento Ciudadano; José Armando García Avendaño y Liliana Luna Aguirre, del Partido de la Revolución Democrática, aseguraron durante la sesión del pleno del Congreso, que el alto comisionado de las Naciones Unidas en materia de Derechos Humanos lo consideró una violación a los derechos humanos.

Advirtieron que por el caso de Puebla en caso de que el Congreso del Estado no elimine el artículo, se terminará la colaboración.

Dicho punto  señala: Artículo 165 Se aplicarán prisión de dos a doce años y multa hasta de doscientos días de salario, a quien haciendo uso de cualquier medio de comunicación, difunda noticias que siendo falsas las haga aparecer como ciertas y produzcan alarma, temor, terror en la población o en un grupo o sector de ella, para perturbar la paz pública, tratar de menoscabar la Autoridad Estatal o Municipal o presionar a cualquiera de ellas para que tome una determinación.

Además hubo una modificación durante la pandemia, añadiendo “La misma sanción se aplicará a quien, durante una situación de emergencia sanitaria, epidemia de carácter grave, peligro de invasión de enfermedades transmisibles, situaciones de emergencia, catástrofe que afecten al país o cualquier otra causa de fuerza mayor que afecte al Estado, difunda o transmita información falsa por cualquier medio de comunicación o plataformas digitales, con la que se genere miedo, temor o confusión en la población, o provoque descredito o contradicción con las acciones o políticas implementadas por el Estado.

La argumentación

Los diputados que propusieron la reforma ante la incertidumbre que estaban generando las noticias falsas en los tres primeros meses de la pandemia, fueron Gabriel Biestro Medinilla, así como Nora Merino Escamilla.

Advirtieron que la difusión de noticias falsas que generen alarma o terror en la población es un hecho que tiene como objetivo perturbar la paz social razones por las que se sanciona penalmente, sin embargo, cuando se realizan esas conductas durante un estado de emergencia, las consecuencias negativas son mayores para la población.

“Durante este periodo, hemos sido testigos como personas irresponsables, algunos profesionales de la comunicación pero otros muchos que solo aprovechan la situación, han difundido información falsa a través de los medios de comunicación tradicionales, plataformas digitales y redes sociales, que pone en riesgo la salud de los ciudadanos poblanos y que debido a la situación en la que nos encontramos, al no poder ser verificada con la rapidez deseada, puede generar que la situación se agrave o incluso causar la muerte masiva de personas que atienden esa información falsa.

Es por ello, que, como representante social, considero de suma importancia que, ante esas conductas, las autoridades puedan actuar con rapidez, a través de un tipo penal que describa con claridad la conducta realizada y se sancione de manera ejemplar, para evitar que se repitan esas acciones que ponen en peligro a toda la sociedad.