A cinco años de que entró en vigor el actual Sistema Penal Acusatorio, la figura de “Agente Subalterno” del Ministerio Público deberá desaparecer, al ir en contra de la Ley Orgánica de la Fiscalía General, por lo que deberán ser derogados los artículos en los que son contemplados.
Lo anterior fue propuesto por la presidenta de la Comisión de Procuración de Justicia del Congreso del Estado, María del Carmen Cabrera Camacho, quien entregó una iniciativa de reforma a la Ley Orgánica, en la cual se precisa derogar el artículo 34 que señala: “La Fiscalía General del Estado podrá, en el desempeño de sus funciones, auxiliarse de Oficiales Subalternos que, previa autorización del Fiscal General, serán nombrados por el Presidente Municipal que corresponda. El Fiscal General los adscribirá a una Fiscalía, en razón del territorio del Municipio cuyo titular los nombre”.
Recordó que con fecha 17 de junio de 2016, se cumplió con la gradualidad mencionada en la Ley Orgánica de Poder Judicial del Estado de Puebla y entro en vigor para todo el estado el Código Nacional de Procedimientos Penales y, con ello la obligación de ceñirse a los parámetros establecidos en el Nuevo Sistema de Justicia Penal, el cual se caracteriza por ser un sistema garantista, regido por los principios de publicidad, contradicción, concentración, continuidad e inmediación.
Por ello, señala, en su propuesta está la necesidad de realizar constantes ajustes a las normas para cumplir con lo señalado en la Constitución General y el Código Nacional de Procedimientos Penales.
Comentó que en la actual Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado existe el Capítulo IX “De los oficiales subalternos”, que comprende los artículos 34, 35, 36, 37 y 38, aclarando que dicha figura jurídica tiene su origen en el Sistema de Justicia Penal Tradicional, pues era contemplada en la abrogada Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Puebla.
Cabrera Camacho dijo que, ante el cambio de sistema de justicia penal, resulta que la figura del oficial subalterno ya no se ajusta a las realidades jurídicas actuales que se viven con motivo del nuevo procedimiento en materia penal, pues esta figura que era prevista en la actual Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Puebla, quedo superada, y por lo tanto inoperante para este nuevo Sistema de Justicia Penal.
Conforme a lo señalado por la Constitución General y el Código Nacional de Procedimientos Penales, señala que: “…la investigación de los delitos corresponde al Ministerio Público y a las policías, las cuales actuarán bajo la conducción y mando de aquél en el ejercicio de esta función…”.
La legisladora indicó que la investigación de los delitos debe ser ejercida por servidores públicos que han cumplido con los requisitos indispensables para garantizar los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos, situación que no se ajusta con los oficiales subalternos.