La Comisión de Derechos Humanos en Puebla (CDH) informó la presentación de una acción de inconstitucionalidad, pues busca la eliminación del cobro del Derecho de Alumbrado Público (DAP). El documento se ventila en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

A través de sus redes sociales, la CDH en Puebla informó que con la decisión de incluir el cobro del DAP en las Leyes de Ingresos Municipales se transgreden los derechos humanos a la seguridad pública.

Citó además que se trasgrede “la legalidad, proporcionalidad y equidad tributaria consagrados en los artículos 14,16 y 31 fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”.

🗒️#Comunicado | La #CDHPuebla presenta acción de inconstitucionalidad ante la SCJN por el cobro del alumbrado público en Municipios de Puebla. pic.twitter.com/pz2VoVrFWo

— CDH Puebla (@CDHPuebla) January 26, 2022
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La institución agregó que “las contribuciones por el alumbrado público previstas en las leyes impugnadas, no tienen la naturaleza de derechos, en realidad se trata de un impuesto que grava directamente el consumo de energía eléctrica, cuyo gravamen únicamente corresponde al Congreso de la Unión”.

La CDH detalló en el comunicado que no se busca confrontar a las instituciones, dijo que por el contrario, consolidar y preservar el estado de derecho en beneficio de las personas.

Además, agregó que la acción de inconstitucionalidad se encuadra en un contexto de colaboración institucional, previsto en la Constitución Política de Puebla para contribuir a que se cuente con un régimen normativo compatible con el parámetro de regularidad constitucional en materia de derechos humanos.

El procedimiento legislativo

De acuerdo con la presidenta de la Mesa Directiva en el Congreso del Estado, Nora Merino Escamilla, el Poder Legislativo es el único facultado para suprimir artículos de las Leyes de Ingresos Municipales, después de la aprobación que realicen los Cabildos.

Luego de que municipios como Coxcatlán, San José Miahuatlán y San Gabriel Chilac han sesionado para eliminar el cobro del DAP, refirió que una vez que ya el Congreso fue notificado el tema debe analizarse en la Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal y después se turna al pleno para su análisis, discusión y en su caso aprobación.

Que ellos hagan una sesión legal en el marco de lo jurídico, se hace una sesión, se propone derogar los artículos, se envían las modificaciones al Congreso del Estado y el Congreso de Estado es el único facultado para poder aprobar o en su caso desechar esta petición de derogación”.

El Poder Legislativo se deslindó del cobro del DAP, pues fue a petición de los Cabildos como del tema se incluyó en las Leyes de Ingresos, sin embargo, la advertencia es que la Comisión Federal de Electricidad y los ayuntamientos no podrán ya cobrar de forma ilegal este derecho.