La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió las acciones de inconstitucionalidad que presentaron la Comisión Nacional de Derechos Humanos y la Comisión de Derechos Humanos de Puebla en contra del cobro del DAP; en tanto legisladores locales aseguraron que se está cumpliendo con el mandato de los ministros, ya que no se cobra un impuesto.

De acuerdo con la página oficial, la SCJN publicó en su lista de notificaciones la admisión de las acciones de constitucionalidad 13/2022, 14/222 y 18/2022, presentadas por los órganos de protección de derechos humanos.

También en la misma página de la corte se da a conocer que fueron desechados de forma parcial la acción de inconstitucionalidad de la Comisión de Derechos Humanos de Puebla que estaba enfocada en la eliminación de las modificaciones a las Leyes de Hacienda de Tehuacán, Puebla y San Andrés Cholula para poder implementar el cobro del DAP.

Según se explica, las acciones de inconstitucionalidad se presentaron de forma extemporánea a los 30 días establecidos por la Ley, tras la publicación de los cambios en el Periódico Oficial, para que pudieran presentar el procedimiento en contra de las reformas.

Apego a la ley

El presidente de la Junta de Gobierno y Coordinación Política, Sergio Salomón Céspedes Peregrina, informó que el Congreso actuó en estricto apego a la ley en el mes de diciembre cuando se aprobaron las leyes de ingresos de los municipios.

Precisó que la corte señaló puntualmente que no se debía cobrar el impuesto como estaba diseñado, por ello en una iniciativa aprobada se establece una fórmula en la que se cobra un derecho.

Céspedes Peregrina, señaló que es un tema de legalidad y orden, viendo cómo se dan las condiciones necesarias para poderle dar paso a ese tipo de acciones y con ello se busque que entre todos se den acciones que permitan tener transparencia.

Consideró que es necesario que los ayuntamientos cuenten con recursos, y aclaró que el derecho ya se cobraba desde hace algunos años, sólo que de manera inconstitucional, ya que se trataba de un impuesto.

Anteriormente, el presidente de la Comisión de Hacienda, Jorge Estefan, indicó que en la forma en que se cobraba el derecho de alumbrado, era inconstitucional ya que representaba un impuesto disfrazado, de ahí la resolución.

Rechazan modificaciones

En la sesión ordinaria del 10 de febrero, ante la falta de su propia iniciativa de decreto para derogar de sus leyes de ingresos el cobro del Derecho de Alumbrado Público, los ayuntamientos de Coxcatlán, San Gabriel Chilac y San José Miahuatlán, deberán reponer el procedimiento ante el Congreso del Estado.

Durante una sesión los integrantes de la Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal en el Congreso del Estado, que preside el diputado Jorge Estefan Chidiac, aprobaron diversos acuerdos y respuestas a oficios relacionados con el cobro del Derecho de Alumbrado Público (DAP) en las Leyes de Ingresos Municipales para el ejercicio fiscal de 2022.

Por unanimidad de votos, las y los diputados aprobaron el acuerdo donde se pide a los municipios de Coxcatlán, San Gabriel Chilac y San José Miahuatlán, que solicitaron la derogación del DAP, que adicional a su solicitud presenten su propia iniciativa de decreto para eliminar el cobro de alumbrado público en sus respectivas Leyes de Ingresos, ya que es requisito indispensable para detonar el proceso legislativo.