Tras haber sido declarado inconstitucional el delito de “ultraje a la autoridad”, también conocida como “Ley Cuitláhuac”, ya que fue el gobernador de Veracruz quien la aplicó, la Comisión de Procuración y Administración de Justicia del Congreso del Estado aprobó por unanimidad de votos el Dictamen para derogar los artículos 207 y 208 del Código Penal del Estado de Puebla, que tiene como propósito suprimir dicho, con la finalidad de evitar que se desestimen los derechos humanos de las personas, en su derecho a la libre manifestación y a la libertad de expresión.

El Dictamen turnado por la Junta de Gobierno y Coordinación Política del Congreso del Estado establece que el delito de "ultraje a la autoridad" debe ser suprimido porque viola los principios de certeza jurídica, taxatividad, legalidad y seguridad jurídica, al emplearse en ocasiones erróneamente para restringir el ejercicio de la libre manifestación y el derecho a la libertad de expresión de los ciudadanos.

En su intervención, la diputada Isabel Merlo Talavera señaló que con la aprobación del dictamen, Puebla se pone como ejemplo en el contexto nacional al dar cabal cumplimiento con los principios de legalidad, certeza jurídica, presunción de inocencia, libre desarrollo de la personalidad y libertad de expresión, sin vulnerar los derechos de los servidores públicos, ya que estos se encuentran salvaguardados en los diversos ordenamientos jurídicos del estado.

Asimismo, diputados integrantes del órgano colegiado aprobaron de manera unánime el Dictamen para reformar y adicionar la Ley del Servicio de la Defensoría Pública del Estado, que tiene como objetivo establecer como obligación de los Defensores Públicos, el solicitar la designación de un intérprete de lengua de señas mexicanas o la emisión de documentos en sistema de escritura Braille, cuando la persona que requiera la asistencia jurídica tenga alguna discapacidad que impida la comunicación para el desarrollo eficiente de la misma.

Para tal efecto, la Iniciativa presentada originalmente por la diputada Olga Lucia Romero Garci Crespo, tiene como propósito reformar el último párrafo del artículo 6 y las fracciones XII y XIII del artículo 24; y se adiciona la fracción XIV al artículo 24, todos de la Ley del Servicio de la Defensoría Pública del Estado.

Por su parte, el diputado presidente de la Comisión de Procuración y Administración de Justicia, Eduardo Castillo López, señaló que con estas dos reformas se da certeza jurídica a la ciudadanía poblana, que deben ser los garantes y quienes deben ser parte de los derechos que las y los diputados están obligados a legislar.