La diputada local Laura Ivonne Zapata Martínez presentó una iniciativa para que en todos los municipios del estado, principalmente en las zonas indígenas haya las "defensorías municipales de derechos humanos", pues actualmente son únicamente cinco las que existen.

La legisladora recordó que en 1995, la Cámara de Diputados del Estado de México reformó la Ley Orgánica Municipal de dicha entidad federativa para crear las "defensorías municipales de derechos humanos" como organismos autónomos municipales.

“De hecho, estas defensorías son los primeros órganos autónomos municipales en el país. Y, de hecho, son los únicos hasta la fecha”, dijo.

No obstante, la legisladora advirtió que en Puebla hay un rezago en este aspecto y la idea central por la que fueron creadas las Comisiones de Derechos Humanos (tanto la Nacional como las de los Estados) no se cumple cabalmente desde el momento en que actualmente sólo existen 5 delegaciones de la Comisión de Derechos Humanos del estado, alrededor del interior de la entidad federativa: en Huauchinango, Izúcar de Matamoros, Tehuacán, Teziutlán y Cuetzalan.

Precisó que es sumamente complicado que una persona que sufrió alguna violación a sus derechos humanos y que reside a varios kilómetros de distancia del lugar en el que queda alguna delegación, pueda interponer la queja respectiva ante la CDH. Es por ello que debe existir una defensoría municipal de derechos humanos en cada municipio, para que ésta sirva como intermediario o enlace entre la víctima y la Comisión de Derechos Humanos y, de esta manera, garantizar la obligación constitucional señalada en el párrafo tercero del artículo 1 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Zapata Martínez recordó que lo que se marca en la ley es que  en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley.

Reiteró que es  pertinente que en Puebla exista una defensoría municipal de derechos humanos en cada uno de los 217 municipios.

En la propuesta se establece: ARTÍCULO 117 A

"Cada municipio contará con un órgano autónomo municipal denominado Defensoría Municipal de Derechos Humanos.

"El titular de dicho órgano se denominará Defensor Municipal de Derechos Humanos".

Artículo 117 B

"En cada municipio, el ayuntamiento respectivo expedirá, mediante acuerdo de cabildo, con la oportunidad debida una convocatoria abierta a toda la población para designar al Defensor Municipal de Derechos Humanos, que deberá durar en su cargo tres años, contando a partir de la fecha de su designación, pudiendo ser reelecto por el ayuntamiento por una sola vez y por igual periodo".