El Tribunal Electoral del Estado (TEEP) desechó nuevos procesos en contra de la expresidenta municipal de Puebla, Claudia Rivera Vivanco, que se presentaron hace más de un año, aunque apenas fueron recibidos por los magistrados, entre ellos, temas de propaganda, así como una resolución del Instituto Electoral del Estado (IEE).
En el proceso TEEP-AE-011/2022, interpuesto por una ciudadana, quien aduce que Claudia Rivera Vivanco realizó diversas publicaciones digitales, que en su concepto actualizan el uso indebido de recursos públicos y la promoción indebida ante el electorado, al utilizar imágenes con la silueta del presidente de la República, lo que deriva según su dicho en utilización de programas sociales, al sostener que la persona que representa al ejecutivo federal debe ser asimilada a los recursos públicos.
Sin embargo del análisis integral realizado en relación con el contenido de las publicaciones, se puede corroborar que más allá de la sombra tipo silueta de una persona y las citadas frases que ahí aparecen, no existe ningún elemento expreso e inequívoco que relacionen esas imágenes, con el presidente de la República, o bien, que tenga como finalidad colocar, exponer o resaltar la figura, el nombre o logros de dicho servidor público, sino más bien, única y exclusivamente se advierte un claro llamado a votar por Morena, compartiendo el mismo mensaje en todas las imágenes cuestión que al localizarse en periodo de campañas se encuentra dentro de los contenidos permitidos.
Aunado a que la sombra tipo silueta no contiene otro elemento, que permita identificar a quien pertenece por lo que no es posible sostener algún tipo de responsabilidad relacionada con uso indebido de recursos públicos, utilización indebida de programas sociales o propaganda ilícita, de ahí la propuesta. En consecuencia, el pleno del Tribunal resolvió la inexistencia de la falta.
Del proceso TEEP-JDC-077/2022, interpuesto por un ciudadano para controvertir la resolución dictada el pasado treinta de marzo, por la Comisión Permanente de Quejas y Denuncias del Instituto Electoral del Estado, dentro del expediente SE/PES/JASE/033/2021 y acumulados, incoado en contra de la otrora presidenta municipal de Puebla, Claudia Rivera por la supuesta comisión de actos anticipados de campaña y uso indebido de recursos públicos.
Del análisis, la autoridad responsable se limitó a afirmar que los denunciantes no aportaron elementos de prueba suficientes para acreditar los hechos denunciados, determinando el desechamiento de las quejas por frivolidad. Contrario a ello, los hechos denunciados debían ser investigados por la Comisión responsable, ya que los quejosos aportaron una serie de enlaces electrónicos, por lo que no bastaba con su desahogo, sino que, se debía continuar con las diligencias necesarias con la finalidad de dilucidar el esclarecimiento de los hechos. En consecuencia, el pleno del Tribunal resolvió declarar la inexistencia de la falta