La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) echó para atrás la reforma hecha por la LX Legislatura del Congreso de Puebla, la cual creó el Instituto Poblano de los Pueblos Indígenas en 2019, así como la Ley de Salud Mental que se expidió el año pasado.

Las dos legislaciones fueron impugnadas por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), al señalar que el Poder Legislativo de Puebla no consultó a los indígenas, personas con discapacidad y afromexicanos.

En el primer caso, los ministros de la Suprema Corte señalaron que la Constitución Mexicana y los tratados internacionales firmados por México, obligan a consultar con comunidades indígenas todas las medidas, políticas públicas o decisiones institucionales que los involucren.

Por otro lado, la determinación en la Ley de Salud Mental se sostiene en el entendido de que el Congreso de Puebla no atendió lo señalado en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad que obliga al Estado mexicano a realizar “consultas estrechas” con las personas con discapacidad.

Tras las determinaciones, la Suprema Corte de Justicia de la Nación le dio al Poder Legislativo un plazo de 12 meses para corregir ambas reformas, las cuales fueron aprobadas en la pasada legislatura.

Cabe destacar que la SCJN aún tiene pendientes las resoluciones de dos acciones de inconstitucionalidad: una en contra de la Ley del Notariado y otra contra la Ley de Defensoría Pública del Estado.