El Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) ratificó la resolución de la Sala Regional Ciudad de México para anular la elección del Comité Municipal del Partido Acción Nacional (PAN), donde la diferencia de votos entre los dos primeros lugares fue apenas de dos, por lo que ahora el Comité Estatal podría reponer el proceso, o nombrar un delegado.
La inconformidad de los resultados de la votación en la asamblea municipal de San Gabriel Chilac fue presentada por Leticia Trucos Camarillo, quién también aspiró a la dirigencia municipal luego de que aseguró hubo algunas irregularidades.
La asamblea se llevó a cabo el 25 de septiembre de 2022, pero de acuerdo con la aspirante, no se realizó el recuento final de los votos ya que existía una diferencia de tres votos, y seis eran nulos.
De acuerdo a la ley, al existir menos del uno por ciento de diferencia entre las dos planillas, debió hacerse tal recuento.
El tribunal local dentro del juicio TEEP-JDC-003/2023, emitió una nueva resolución en cumplimiento a lo ordenado por la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), correspondiente a la IV circunscripción plurinominal con sede en la Ciudad de México, dentro del juicio ciudadano identificado con la clave SCM-JDC-44/2023, promovido por Leticia Trucos Camarillo en contra de la resolución emitida por la Comisión de Justicia del Partido Acción Nacional, dentro del expediente CJ/JIN/113/2022.
De acuerdo con el pleno del TEPJF, se hizo notar que contenían los agravios vicios propios del recuento, por ende, se les calificó de fundados.
Al existir elementos suficientes para concluir que el cúmulo de irregularidades afectaron de manera sustancial las condiciones de validez de la elección pues vulneraron los principios que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos exige.
En consecuencia, se propuso revocar los resultados del recuento de votos, realizado el 6 de diciembre de 2022, en la Comisión Organizadora del Proceso del Partido Acción Nacional en Puebla.
Respecto del Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales de la Ciudadanía 003/2023 se resolvió:
"Se revocó la resolución impugnada; y, en consecuencia, los resultados del recuento de votos realizado el seis de diciembre de dos mil veintidós en la Comisión Organizadora del Proceso del PAN en Puebla. Ello, conforme a lo sustentado en la presente sentencia, así también se anuló la elección de la Dirigencia Municipal del PAN, en San Gabriel Chilac, Puebla, para los efectos legales expuestos en la resolución".